¿Tenemos algo que aprender de Estados Unidos en materia de cambio climático?

Por Paulina Sandoval.

Abogada por la Universidad Católica de Chile, Magíster en Derecho por la Universidad de Nueva York, con especialización en Derecho Ambiental. Actualmente, se encuentra estudiando un Magíster en Asuntos Públicos en la Universidad de Berkeley, California. Se especializa en derecho y políticas públicas en materia ambiental y cambio climático.  

Bueno, depende donde nos ubiquemos en el tiempo.

Hasta hace dos meses podíamos decir que Chile, un país que representa 0,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel mundial, se encontraba un paso más adelante que muchos países en la lucha contra el cambio climático, entre los que se cuenta Estados Unidos. Al menos, desde el punto de vista de la estructura institucional y regulatoria.

En efecto, y después del decidido impulso del gobierno anterior y el apoyo transversal de todos los sectores políticos en el Congreso, se dictó la Ley 21.455, de 2022 que establece la Ley Marco de Cambio Climático (LMCC), que fuera publicada el 13 de junio de este año en el Diario Oficial.

Con ello, Chile dio un paso fundamental en la acción climática al contemplar una meta de carbono neutralidad a más tardar al año 2050 y establecer los mecanismos institucionales, así como los instrumentos regulatorios para concretar dicho objetivo, entre los que destacan la Estrategia Climática de Largo Plazo, el presupuesto nacional y los presupuestos sectoriales de carbono, los planes sectoriales de mitigación y adaptación, los planes regionales y comunales de cambio climático, y las normas de emisión de GEI, entre otros[1].

Sin embargo, ahora Estados Unidos ha tomado la delantera. El pasado 12 de agosto, el Congreso aprobó la Ley de Reducción de la Inflación (Inflation Reduction Act o IRA, por su nombre y sigla en inglés), que es considerada como la legislación climática más ambiciosa dictada en ese país hasta la fecha.

Después de una tramitación de más un año y de innumerables esfuerzos para lograr consenso, finalmente se aprobó esta ley que combina no sólo objetivos ambientales, sino que también de salud pública, disminución de los costos de vida de la población, y fomento de la industria y trabajos locales por los próximos 10 años.

En este contexto es relevante destacar que antes de esta ley la acción climática en Estados Unidos ha sido liderada principalmente por los distintos Estados, en especial por California, que si bien representa el 1% de las emisiones de GEI a nivel mundial, es la economía sub-nacional más importante del mundo. En contraste, la acción climática a nivel federal ha sido inconsistente en el tiempo, lo que ha hecho que pierda tracción. No obstante hoy, con el Presidente Biden, ha tomado un nuevo impulso.

Es así como ya en abril del año pasado, Estados Unidos comprometió una meta de reducción al año 2030 de entre 50% y 52% de las emisiones de GEI respecto de los niveles del año 2005, así como una meta de 100% de producción de electricidad libre de carbón al 2035 y de carbono neutralidad al 2050[2].

En este contexto, esta ley permitirá avanzar decididamente en el cumplimiento de dichas metas, puesto que se estima que permitirá reducir más de un billón de toneladas métricas de emisiones de GEI al año 2030[3], lo que representa dos tercios de la meta propuesta.

Entre las medidas que contempla esta ley, y que representan en total una inversión federal de más de 360 billones de dólares[4], es posible destacar las siguientes:

  • Incentivos a la reconversión energética residencial mediante créditos tributarios a la implementación de mejoras en eficiencia energética, paneles solares, bombas de calor para calefacción y baterías de almacenamiento de energía.  
  • Incentivos tributarios que facilitan la transición hacia vehículos eléctricos mediante la construcción de infraestructura pública para su recarga, la disminución en los precios para autos nuevos y usados, así como el fomento de la industria nacional de manufactura y provisión de suministros.
  • Créditos tributarios a la producción de energía libre de carbono sobre la base de hidrógeno verde, energía nuclear y energías renovables.
  • Incentivos tributarios para el manejo de carbono, tales como la construcción de instalaciones de captura y secuestro de carbono, estándares para la provisión de bienes bajos en carbono en compras públicas, manejo de bosques, biomasa y remoción de carbón, y un programa de reducción de metano.
  • Fondos para fortalecer los procedimientos y los tiempos del otorgamiento de permisos ambientales y sectoriales.
  • Financiamiento para el manejo sustentable en materia agrícola y silvícola, así como la adopción de soluciones basadas en la naturaleza.

De esta forma, Estados Unidos tomó una decisión de política pública distinta a la nuestra. Es así como, las metas de reducción de emisiones se han establecido mediante una política del Ejecutivo y no en la ley como se ha hecho en Chile, lo que de acuerdo con estudios comparados podría no ser sostenible a largo plazo, ya que se encuentran expuestas a ser modificadas por los gobiernos subsiguientes.

No obstante ello, el hecho que se haya dictado una ley que asegura una inversión federal de la magnitud que contempla IRA por los próximos 10 años y que no es neutral en términos tecnológicos, sino que está específicamente destinada a favorecer el desarrollo de una economía baja en carbono, permite sostener que dicho país está haciendo esfuerzos decisivos para lograr dichas metas y que cualquier cambio a los mismos deberá pasar por el mismo escrutinio y apoyo transversal que ha tenido esta legislación.

Entonces, cómo estamos nosotros. Por una parte, tenemos una estructura institucional y regulatoria que contempla objetivos a largo y mediano plazo para alcanzar la carbono neutralidad al 2050, los que se encuentran fijados en la ley y se aplican de manera transversal a todos los sectores y órganos del Estado. No obstante ello, necesitamos pasar a la acción y establecer medidas que permitan dar señales contundentes y decididas a la sociedad civil en materia de mitigación y adaptación al cambio climático.

Claramente, no tenemos los recursos de un país como Estados Unidos, pero a nuestra escala debemos empujar decididamente los cambios que se requieren para lograr dichos objetivos. Por ejemplo, en la reciente reforma tributaria presentada por el Ejecutivo al Congreso la única norma en que se considera expresamente el cambio climático es en el otorgamiento de incentivos tributarios a los proyectos de investigación y desarrollo con impacto medioambiental positivo directo, que consideren la creación de tecnologías que permitan un menor uso de combustibles fósiles, menor generación de residuos, menor utilización de materias primas o que faciliten o permitan la mitigación, la adaptación o resiliencia al cambio climático[5].

Si bien es un avance, parece ser que una reforma tributaria de la magnitud que se propone y que tiene por finalidad precisamente lograr un pacto fiscal por el desarrollo y la justicia social, debiera integrar más elementos destinados a dar cumplimiento al mandato de la LMCC. No olvidemos que dicha ley establece que todos los organismos de la Administración deben considerar la variable de cambio climático en la elaboración y evaluación de sus políticas, planes, programas y normas, según las directrices establecidas en la Estrategia Climática de Largo Plazo.

De esta forma, Estados Unidos nos muestra los pasos a seguir en materia de acciones concretas para hacernos cargo del cambio climático, las que no sólo se encuentran relacionadas con el tránsito hacia una economía carbono neutral, sino que además pueden tener beneficios sociales tales como el fortalecimiento del empleo y la protección de la salud de la población.


[1] Currie, R. y Sandoval, Paulina. Elementos para una Legislación Climática Efectiva y el Necesario Cambio de Paradigma en la Gestión Ambiental. Revista Actualidad Jurídica, 44: 449-481, disponible en httpss://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/articulos/elementos-para-una-legislacion-climatica-efectiva-y-el-necesario-cambio-de-paradigma-en-la-gestion-ambiental/.

[2] The White House, FACT SHEET: President Biden Sets 2030 Greenhouse Gas Pollution Reduction Target Aimed at Creating Good-Paying Union Jobs and Securing U.S. Leadership on Clean Energy Technologies, abril de 2021, disponible en httpss://www.whitehouse.gov/briefing-room/statements-releases/2021/04/22/fact-sheet-president-biden-sets-2030-greenhouse-gas-pollution-reduction-target-aimed-at-creating-good-paying-union-jobs-and-securing-u-s-leadership-on-clean-energy-technologies/.

[3] Jenkins, J.D., Mayfield, E.N., Farbes, J., Jones, R., Patankar, N., Xu, Q., Schivley, G., Preliminary Report: The Climate and Energy Impacts of the Inflation Reduction Act of 2022 , REPEAT Project, Princeton, agosto 2022, disponible en httpss://repeatproject.org/docs/REPEAT_IRA_Prelminary_Report_2022-08-04.pdf.

[4] Summary: The Inflation Reduction Act of 2022, 11 de agosto de 2022, disponible en httpss://www.democrats.senate.gov/imo/media/doc/inflation_reduction_act_one_page_summary.pdf

[5] Boletín 15.170-05, Proyecto de Ley de Reforma Tributaria hacia un Pacto Fiscal por el Desarrollo y la Justicia Social.