Sistema electoral bajo la fórmula D’Hondt: La crítica poco sostenible sobre la ilegitimidad democrática

Por Tomás Inzunza Gillibrand.

Estudiante de segundo año de Derecho en la Universidad Diego Portales. También cursa un Diplomado de Honor sobre Políticas Públicas en la misma casa de estudios.

El 12 de noviembre del presente año, en este mismo medio digital, se publicó una columna de opinión que afirmaba rotundamente que el sistema electoral actual -el mismo que eligió a la primera Convención Constitucional con paridad de género en el mundo- es uno de orden antidemocrático, ya que debido al método de “arrastre” se generaba una representación de minorías, lo que no se conjugaría con los principios democráticos que inspiran nuestra judicatura.

En relación con esta afirmación, es importante decir varias cosas. La primera de ellas es que la formulación de la opinión es errada, tanto en el razonamiento que sigue para afirmar su argumento, como también en la conceptualización bajo la que se sustenta. Segundo, cabe hacer notar que en muchos pasajes se tiende sumamente difícil entender la relación que existe entre el sistema electoral actual y la falta de políticas públicas que solucionen los problemas sustantivos de nuestro país.

Por tanto, en la presente columna quisiera exponer los principales contra argumentos hacia la postura de don Cristóbal Vergara Rojas.

Lo primero, es señalar que se torna sumamente difícil llegar a un razonamiento que nos permita afirmar que el sistema D’Hondt busca representar minorías. Esto, porque su objetivo es justamente el contrario, repeler la sobrerrepresentación de las minorías que acostumbraba el sistema electoral chileno bajo un régimen binominal. A lo largo de la historia electoral de nuestro país, hay muchos casos en donde esto aconteció. Sin el interés de profundizar en cada uno de ellos, tal vez el más ejemplificador de todos corresponde al de la actual diputada Marisela Santibáñez, quién en 2013 no accedió a un cupo de representación en el Congreso, a pesar de ser la primera mayoría del antiguo distrito 30.

De igual manera, creo que es fácil caer en la trampa del argumento de la ilegitimidad democrática y el propósito excluyente de nuevas ideas. Para desmentir aquello, conviene analizarlo con un par de ejemplos.

Imaginemos que en una elección X, en donde se deben elegir 2 representantes, hay cuatro candidatos (A, B, C y D). A y B son de una alianza política, mientras que C y D son independientes bajo ninguna alianza. Los resultados de los escrutinios arrojan que A obtuvo un 60%, B consiguió un 10%, C consiguió un 20% y D obtuvo un 10%. Intuitivamente, diríamos que corresponde que los cupos sean ocupados por A y C, cuestión que no ocurre en el sistema D’Hondt, ya que bajo este régimen los representantes electos son A y B. Todo esto bajo la siguiente explicación: Se supone que las personas votamos por ideas representadas por ciertas personas, de manera que si hay una asociación política que representa mis ideas, todos los votos que acumule dicha lista deben sumarse y, en base a dichos votos, determinar los cupos que se han de obtener. En otras palabras, se privilegia la asociación de ideas, lo cual bajo mi juicio no es antidemocrático, sino que, todo lo contrario. ¿Es posible soslayar la diferencia porcentual que existe entre la alianza de A y B y, la obtención de votos de C?

Planteado de una manera aún más radical, supongamos que en la misma elección X, A obtiene un 90%, B un 1%, C un 7% y D un 2%. ¿Aún parece intuitivo señalar que los cupos corresponden a A y C?, afirmar ello sí implicaría una falta de legitimidad democrática, pues estaríamos evaluando con el mismo mérito a una candidatura que se asocia políticamente y que representa ampliamente a la sociedad, con una que -independiente a cualquier tipo de colectividad- logra alcanzar una tasa de representatividad muy baja. En otras palabras, ¿es posible hacer oídos sordos -o más bien “ojos ciegos”- al 84% de electores que distancian a la agrupación política de A y B con la candidatura independiente de C?

El objetivo del sistema D’Hondt no es en ninguna circunstancia uno que busque deslegitimizar la democracia, ni mucho menos erradicar la participación de independientes en la política. Más bien busca alejar la aparición de caudillos carentes de un piso colectivo que les sustente y, de esta manera, privilegiar la participación de las personas que son capaces de organizarse -y no necesariamente en los partidos políticos tradicionales- con el fin de aportar a un mejor país.

Tampoco pareciera rigurosa la afirmación que se señala respecto a la relación entre el sistema electoral y la falta de políticas públicas deseables. Por lo que conmino al autor a desarrollar con más detalle dicho punto, dado que -con la información otorgada- se hace sumamente complejo establecer un vínculo entre estas situaciones y, por ende, también debatible.

No cabe duda que el sistema seguirá siendo blanco de críticas, ya que constantemente se esgrimen argumentos poco fundados, que al menos intuitivamente -por no decir “a la rápida”- podrían llegar a persuadir. Sin embargo, con un poco de detenimiento y análisis es posible concluir que dichos argumentos no son más que falacias poco reposadas, que lo único que generan es desacreditar sin ningún fundamento al régimen político en el que hoy participamos.