Últimas noticias

La falta de respuesta por la comunidad internacional

Por Victoria Izurieta Copetta.

Licenciada en Ciencias Jurídicas por la Universidad Adolfo Ibáñez.

En los últimos días todos hemos visto videos e imágenes sobre lo que está ocurriendo entre Israel y Palestina. De a poco la gente comienza a hablar y mostrar lo que está ocurriendo, pero pocos estamos dispuestos a escuchar. Los días pasan y la tormenta parece agravarse cada vez más sin ninguna solución aparente. Los medios de comunicación son una herramienta para mostrar la verdad, a pesar de que muchas otras personas los utilicen para distorsionarla trayendo solo confusión y caos. No vivo en la zona del conflicto y tampoco soy de Palestina o Israel, pero en situaciones terribles y anormales como ésta todos debemos hablar para exponer que lo está ocurriendo hoy en día en Medio Oriente. No es humano ni digno.

El artículo 2 del Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra expresa “que aparte de las disposiciones que deben entrar en vigor ya en tiempo de paz, el presente Convenio se aplicará, en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra. El Convenio se aplicará también en todos los casos de ocupación total o parcial del territorio de una Alta Parte Contratante, aunque tal ocupación no encuentre resistencia militar. Si una de las Potencias en conflicto no es parte en el presente Convenio, las Potencias que son Partes en el mismo estarán, sin embargo, obligadas por él en sus relaciones recíprocas. Estarán, además, obligadas por el Convenio con respecto a dicha Potencia, si ésta acepta y aplica sus disposiciones”.

Tanto Israel como Palestina ratificaron este tratado internacional lo que quiere decir que deben comprometerse y respetar lo estipulado en él sin violar sus preceptos legales. Como podemos ver, aunque cualquier nación diga que Palestina no es un país soberano, las potencias que si lo son estarán obligadas por él en sus relaciones recíprocas. Esto quiere decir que independiente de lo que el Estado de Israel mencione sobre si reconoce o no la autoridad Palestina, deben respetar el Convenio, lo que significa que deberán aplicar las disposiciones siguientes que señala el Convenio. Esto incluye, según el artículo 3 del mismo cuerpo legal que Israel debe respetar a las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluido los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable, basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna, o cualquier otro criterio análogo.

Como podemos ver el Estado de Israel está claramente atentando contra la dignidad corporal de los civiles tratando al pueblo de Gaza sin humanidad alguna. Sus autoridades son las que deben responsabilizarse de los actos cometidos contra inocentes. El conflicto de hoy en día no es algo simple, que se inició hace unas semanas con un ataque de Hamas contra Israel, sino que es una situación muy complicada que se remonta a casi 75 años de ocupación ilegal que deben ser puestos sobre la mesa para entender lo que está ocurriendo. No podemos ser ciegos y a tratar de entender lo que está pasando al otro lado del mundo limitando nuestros conocimientos, sino que debemos informarnos e investigar.

El artículo 42 del Reglamento de la Haya de 1907 estipula que se considera un territorio como ocupado cuando se encuentra de hecho colocado bajo la autoridad del ejército enemigo. En otras palabras, el derecho internacional humanitario define la ocupación como el control efectivo por una potencia de un territorio sobre el que no tiene soberanía, sin el consentimiento del Estado del territorio. Debido que el derecho de la ocupación se fundamenta sobre todo en consideraciones de índole humanitaria su aplicación es solamente posible a partir de los hechos que ocurren sobre el terreno. Los hechos sobre la ocupación de las autoridades israelí sobre los palestinos abundan. Desde un muro que serpenteante de 720 kms. hasta controles fronterizos que deben cruzar día a día los palestinos, tanto para ir al colegio como para ir a trabajar.

Menciono ocupación ilegal, ya que no hay razón que justifique estas extremas medidas de control por parte de las autoridades israelí sobre los palestinos ya que el año 1947 se aprobó mediante la resolución 181 de la Asamblea General de la ONU un plan de partición para dividir el Mandato británico de Palestina en dos Estados, uno judío y otro árabe, y, que la ciudad de Jerusalén quedara bajo control internacional. No obstante, de existir dicho plan nunca llegó a aplicarse por esta ocupación.

Nunca en la historia las muertes de los civiles han sido justificables, sin embargo, Gaza sigue siendo bombardeada día a día, con más de 2.000 niños muertos hasta la fecha. Si es que esta guerra es entre Israel y Hamas, ¿Por qué han tenido que morir más de 7.500 civiles? ¿Por qué el primer ministro israelí, a un día de empezar la guerra, dice en su discurso por televisión “convertiremos a Gaza en una isla de ruinas”. Hamas no representa a Palestina, no es justificable lo que está ocurriendo hoy en día en Gaza. No existe razón alguna para justificar las muertes que han sufrido tanto los palestinos como los israelíes. ¿Cuál es el límite para decir basta? Si vemos que las personas han perdido su humanidad, ¿No es nuestro trabajo ayudarlas? Los días pasan, y seguimos viendo el genocidio que está ocurriendo. Como comunidad internacional debemos exigir el cese al fuego por parte de las autoridades israelíes. Genocidio según el artículo 2 de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948, es cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

Como podemos ver según la evidencia, dichos actos están ocurriendo ahora en Gaza. La ayuda humanitaria no puede llegar, y los recursos de los hospitales son inexistentes. Los ataques con misiles y bombas son ataques intencionados que deben detenerse. Los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949 deben aplicarse en orden de detener esta masacre. Gaza no es una ciudad, es una cárcel convertida ahora en un campo de guerra, en dónde mueren cientos de inocentes cada día, cuando su único crimen ha sido haber nacido ahí negándoseles la posibilidad de salir. Es hora de que valoremos el Derecho Internacional y lo apliquemos o la historia no dejará de repetirse.