
Por Ana Lucía Prada.
Abogada. Analista en medios de comunicación. Ha participado recientemente como entrevistada en la BBC World Service de Londres, Inglaterra.
El cannabis es la droga más consumida en el mundo y es ilegal. Según el Informe Mundial sobre las Drogas 2022 de la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas (UNODC), en el año 2020 más del 4% de la población mundial de 15 a 64 años (209 millones de personas) había usado cannabis en el último año. Esta cifra va en aumento, con un incremento del 23% en los usuarios, en parte, debido al crecimiento de la población alrededor del planeta[1]. Sin embargo, el paradigma adecuado es la reducción de daños y riesgos, no la prohibición. Mientras la prohibición se refiere simplemente a la aplicación de una pena, la reducción de daños y riesgos es una solución integral. Se trata de implementar políticas de prevención y atención con enfoque sanitario, cambios culturales y normativos en miras a mejorar la calidad de vida a los ciudadanos.
Hace cincuenta años que Argentina cuenta con una legislación penal que conmina la tenencia de estupefacientes para consumo personal, por lo que su éxito está fuera de discusión…¿verdad? De esta manera podrían pensar quienes centran su atención en estadísticas que se prestan a confusión sobre el impacto de la prohibición en la guerra contra las drogas. Por ejemplo, el estudio de la Procuraduría de Narcocriminalidad evaluó que el 47% de las causas por drogas iniciadas en la justicia federal de Argentina fueron por tenencia simple y para consume[2]. Cabe preguntarse si la criminalización de los usuarios es una solución real para el problema que acarrea la droga. El gobierno argentino reafirmó su compromiso desde un abordaje integral y multidisciplinario, diferenciando estrategias de cuidado para personas que consumen, de las destinadas a la persecución del delito organizado del narcotráfico en plena conformidad con el derecho internacional y la declaración universal de los derechos humanos.
Los desafíos de políticas de reducción de daños y riesgos en usuarios de cannabis
El primer desafío de políticas de reducción de daños y riesgos es que el gobierno evalúe reconsiderar la legislación que se requiere a los fines de despenalizar la acción de tenencia para consumo personal. Ello hace necesaria la derogación del artículo 14 segundo párrafo del Código Penal argentino, así como también brindar capacitaciones a las fuerzas de seguridad, integrantes del poder judicial y usuarios en particular con el objetivo de evitar requisas callejeras, optimizar recursos públicos y difundir información relevante a quienes padecen de adicciones. En este aspecto, tomando como caso testigo a la ciudad de Mar del Plata, según informes del Centro Municipal de Análisis Estratégico del Delito 2015, de 235 procedimientos policiales por infracciones a la ley de estupefacientes, 110 fueron por tenencia para consumo personal, es decir, casi el 50%. Estos datos ponen en evidencia que en muchos casos los consumidores de drogas, en especial cuando se transforman en adictos, son las víctimas más visibles, junto a sus familias, del flagelo de las bandas criminales del narcotráfico. No parece irrazonable sostener que una respuesta punitiva del Estado al consumidor se traduzca en una revictimización[3].
En segundo lugar, el desafío es proyectar cómo modificará la labor cotidiana de los servidores públicos que se encuentran en contacto directo con usuarios, expedientes y en el área de formación profesional. A saber:
1. Los servidores públicos en la localidad de Mar del Plata deberán recibir capacitaciones sobre la vigencia del Protocolo de actuación para casos de hallazgo de material estupefaciente en la vía pública, que por la escasa cantidad surja inequívocamente que es para consumo personal.
2. Las personas que cumplen tareas administrativas y funcionarios en el Poder Judicial, tendrán que elaborar criterios uniformes para resolver causas de infracciones a la ley de estupefacientes. Sea mediante “archivo especial” por las facultades conferidas por la ley al Fiscal para aplicar criterios de oportunidad o mediante la desestimación de la denuncia por la insignificancia de comenzar una investigación de estas características.
3. Toda transformación en los modos de resolver conflictos de índole social, necesita ser teorizado y hallar en el ámbito áulico espacios para debatir y contrastar ambos modelos de abordaje: el prohibicionista/ abstencionista y el de reducción de daños y riesgos en la salud de los ciudadanos.
El Poder Judicial ¿está en condiciones de afrontar estos cambios en su medio laboral? En la práctica se están llevando adelante significativos avances. En el Departamento Judicial de Mar del Plata, se han elaborado directrices para un abordaje no punitivo dirigido a las fuerzas de seguridad y ha habido encuentros formativos entre la Fiscalía de Estupefacientes y la institución policial para realizar actividades de capacitación en la materia. El desafío más ambicioso es que Argentina innove en un Código de 1921, actualizando la legislación acorde a un nuevo paradigma con perspectiva de derechos humanos y acorde a las tendencias actuales.
[1] «El cannabis es la droga más consumida en el mundo, según la ONU», en Diario Libre https://www.diariolibre.com/mundo/america-latina/2022/08/08/el-cannabis-es-la-droga-mas-consumida-en-el-mundo-segun-onu/1996839
[2] «Presentación del CELS al Grupo de Trabajo de ONU sobre Detenciones Arbitrarias», en https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Issues/Detention/Call/CSOs/Centro_de_Estudios_Legales_y_Sociales.pdf
[3] «Sentencia CSJN 2009 “Arriola Sebastián y otros s/ recurso de hecho”», en http://www.saij.gob.ar/corte-suprema-justicia-nacion-federal-ciudad-autonoma-buenos-aires-arriola-sebastian-otros-recurso-hecho-causa-9080-fa09000059-2009-08-25/123456789-950-0009-0ot