Proyecto de Ley del Telonero revive discusión sobre intérpretes nacionales en conciertos masivos

Por Jaime Urzúa.

Abogado por la Pontificia Universidad Católica de Chile y asociado en Alessandri. Además es músico y ha colaborado como compositor e intérprete en distintos proyectos musicales, tanto en grabaciones de estudio como en presentaciones en vivo. Es miembro de la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) y se ha dedicado a la producción y difusión como asesor, jurado y activo partícipe de diversos eventos culturales relacionados con la industria musical chilena.

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En enero de 2019 se retomó la discusión legislativa respecto del proyecto de ley que modifica la ley N° 19.928 sobre fomento de la música chilena, conocido como Ley del Telonero. El proyecto de ley (boletín 6110-24), en segundo trámite constitucional, fue aprobado en general el 7 de mayo y actualmente se encuentra en período de indicaciones en la comisión de Educación y Cultura en el Senado.

Se advierten diversas implicancias en el estado actual de dicho proyecto, siendo la principal de ellas tributaria: al requerirse la presencia de un artista o intérprete nacional como telonero, se estarían aumentando los requisitos para acceder a la exención del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto, porque la ley del IVA contempla ciertos actos culturales y la industria musical parte de una serie de bienes y servicios exentos del gravamen.

Adicionalmente, para contar con la ventaja tributaria antes mencionada, el proyecto considera la obligación de los productores de eventos de contar con el patrocinio de la embajada o el consulado de la nacionalidad del artista extranjero o acreditar que su espectáculo es parte de un programa de intercambio o extensión de dicho Estado.

Dentro de los ajustes legislativos propuestos se encuentra la limitación de la cantidad de entradas que se pueden vender en formato de preventa, correspondiendo a un 50% de las localidades disponibles. Al respecto la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) ha señalado que “este cambio no tiene ningún efecto desde el punto de vista del pago de los derechos de autor, cuyo monto es independiente de la cantidad de temas ejecutados, y de la nacionalidad u origen de los autores de dichos temas o de los artistas en el escenario.”

Si bien el proyecto de ley va encaminado a las políticas que se ha propuesto impulsar el actual Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y conversa en armonía con las regulaciones de otros países en la materia, no se hace cargo de resolver otros aspectos, como por ejemplo qué ocurriría cuando las condiciones del espectáculo o de los contratos impidieran la presencia de un artista nacional como telonero.

La Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura (AGEPEC) ha cuestionado el hecho que el proyecto de ley estaría estableciendo mayores barreras de entrada al disponer de más regulaciones para el desarrollo de la industria del espectáculo. Ello, implicaría un punto crítico del proyecto, ya que existen artistas internacionales que, por contrato, exigen que en sus espectáculos no haya otro preámbulo a su propia música.

Esperamos con atención los siguientes pasos que tendrá este proyecto en el Senado, ya que sobre regular un sector ligado a la cultura podría traer el efecto contrario y perjudicar precisamente a quienes está dirigido, encareciendo el precio final de las entradas a conciertos y dificultando las negociaciones entre productores y artistas.