
Por Carolina Zamar Rabajille.
Abogada. Máster en Derecho de los Negocios Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Diplomada en Desarrollo Institucional: Convención Constituyente, del Instituto Libertad y Desarrollo y de la Universidad Autónoma de Chile. Se desempeñó como catedrática de Derecho Civil en variadas universidades del país y como catedrática de Derecho Internacional de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Es autora y coautora de artículo de opinión como de investigación jurídica tanto en el ámbito nacional como internacional.
Mi primera publicación en LWYR fue en el año 2013, con un artículo de opinión que se denominaba: “Chile País Visionario”. Ya en aquel entonces manifestaba mi profunda admiración por el pueblo de Chile y su inmensa generosidad al acoger a grandes juristas extranjeros como propios, como lo fueron los admirables Andrés Bello (autor del Código Civil chileno) oriundo de Venezuela; y, Gabriel Ocampo (autor del Código de Comercio chileno) de raíces argentinas.
Desde aquel entonces no he dejado de colaborar con artículos para esta maravillosa revista, la cual durante 10 años me ha dado un espacio para manifestar mis opiniones, ya sean éstas de carácter jurídico o no.
En esta ocasión, quiero compartir con los lectores, parte de mi historia.
Soy la segunda de cuatro hermanos. Hija de padre argentino (Oscar Hugo Zamar) y de madre chilena (María Carolina Rabajille Diuana), por tal razón poseo doble nacionalidad. Nací en una ciudad llamada San Pedro, perteneciente a la provincia de Jujuy, en Argentina. Cursé mi enseñanza básica y media en la ciudad donde nací, mientras que mi enseñanza profesional, superior o terciaria, la llevé a cabo en Santiago de Chile, donde obtuve mi título de abogada, para finalmente, realizar estudios de postgrado en Madrid, España, y retornar a Chile.
Una vez egresada de la universidad, habiendo dado mi examen de grado y realizado mi práctica profesional; mientras esperaba jurar como abogada en la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la República de Chile, ya me desempeñaba como catedrática de Derecho Civil en variadas universidades del país. Siempre he sido una ferviente creyente de que la mejor manera de retribuir a mi país (porque así lo siento, ya que soy chilena por “ius sanguinis”) es formando a nuestros jóvenes para que sean hombres de bien, para que sean quienes lleven las riendas futuras del país.
En el año 2017, una vez culminados mis estudios de postgrado en Madrid, ingresé por concurso público a la Pontificia Universidad Católica de Chile a impartir clases de Derecho Internacional Privado. Mientras tanto y, paralelamente, colaboraba en la Comisión que se creó para la redacción de un Anteproyecto de Ley de Derecho Internacional Privado para Chile. Dicha comisión estuvo conformada por catedráticos de variadas universidades de todo el país, socios de ADIPRI (Asociación Chilena de Derecho Internacional Privado), funcionarios integrantes de variados servicios públicos, etc. y presidida por Eduardo Picand (catedrático del ramo en la Universidad de Chile y, además, presidente en aquel entonces de ADIPRI) a quien le estaré siempre agradecida por haber confiado en mí. Más aún, cuando siempre me he auto catalogado como “hija del Derecho Internacional Privado”.
Explicaré brevemente por qué sostengo que soy hija del Derecho Internacional Privado.
Mis padres contrajeron matrimonio en Chile en el año 1984, bajo el régimen de bienes de sociedad conyugal. Por el sólo hecho de haberse celebrado el matrimonio en Chile, quedó regido siempre por la ley chilena (por ser el lugar donde se celebró el acto), a pesar de que no vivían en Chile.
En el año 2016, se produce el fallecimiento de mi padre (argentino) en Argentina, cuestión, desde luego, que tuve que acreditar en Chile, con certificado de defunción debidamente legalizado. Sin embargo, hasta el día de hoy no he podido disolver la sociedad conyugal de mis padres, a pesar de que expresamente nuestra legislación contempla que una de las causales de disolución de ésta es la muerte de uno de los cónyuges. La respuesta que recibí en su momento por parte de los funcionarios públicos del Servicio de Extranjería es que no podían efectuar la anotación, toda vez que, mi padre no les figuraba inscrito Chile, situación evidente, pues mi padre no era chileno. Mal puede figurar inscrito en Chile, pero sí figuraba en el certificado de matrimonio casado con una chilena.
Esta situación tan básica como las que les planteo presenta todos estos inconvenientes, dado que en Chile no contamos con una ley de Derecho Internacional Privado que regule casos tan cotidianos como estos.
Espero que dicho anteproyecto de ley nazca a la vida del derecho. En el mundo globalizado e interconectado en el que estamos inmersos, estos problemas requieren tener soluciones.
Finalmente, en el año 2019 fui llamada por el Gobierno de Chile a unirme a sus filas, colaborado activamente como AREMI de Hacienda en la Región de Coquimbo. Desafío que acepté con mucha responsabilidad y gratitud, pues para mí nuevamente era la manera que tenía de retribuir todo lo que Chile me ha dado.
Hoy nuestro país no está atravesando por un buen momento. Se ha visto golpeado por el denominado “estallido social”, atravesado por una pandemia, por procesos constituyentes, etc.
No tengo la menor duda que saldremos de esta nueva crisis política, social y económica que nos azota. Si algo caracteriza a Chile es que es un país que se ha sabido levantar siempre en la adversidad (desastres naturales: terremotos, sunamis, inundaciones, sequias), y justamente en esos contextos es cuando más ha florecido la solidaridad innata y propia del pueblo chileno.
En este nuevo año de conmemoración de nuestras Fiestas Patrias, reafirmo mi gratitud a Chile, brindo por la Patria, por todos y cada uno de mis compatriotas, para que sigamos luchando por un Chile libre, justo, unido y con igualdad de oportunidades para todos.