Perspectiva de integridad, probidad y transparencia en una nueva Constitución

Por Rebeca Zamora Picciani.

Abogada por la Universidad de Chile y diplomada en Compliance y Buenas Prácticas por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Actualmente cursa un Magíster en Política Criminal en la Universidad de Salamanca. Es profesora de Derecho Penal en la Universidad Central y directora de Cumplimiento Normativo & Derecho Penal en Honorato | Delaveau. Ha centrado su carrera en asesorías relacionadas a anticorrupción, delitos económicos y materias relacionadas a la Ley de Responsabilidad de Personas Jurídicas, entre otros. Secretaria Ejecutiva de la World Compliance Association, Capítulo Chileno.

Ya llegó el momento de iniciar la redacción del texto constituyente, que se espera rija en nuestro país por los próximos 50 años. Claro, siempre que se trate de un texto legítimo, pero aún así, no es posible asegurar su duración. Necesitamos un texto más o menos robusto, que asegure estabilidad y sea la base de nuestro nuevo pacto social. Surge entonces la pregunta acerca de cómo lograr esto; qué medidas son imprescindibles en el proceso constitucional para asegurar ese resultado o lo más cercano a ello.

La “Perspectiva de Integridad” implica reconocer a priori que existen intereses y abusos de poder tanto en el Estado como en la sociedad civil y, por tanto, al legislar tendremos que generar mecanismos que nos protejan frente a ella. Mal que mal, todos tenemos intereses y pueden ser distintos: lo importante es revelarlos, para que otros sepan qué tanto influyen éstos en las decisiones que nos impactan. Habría sido ideal hacer este escrutinio antes de las elecciones, pero no era posible en nuestro contexto.

A mi juicio, la respuesta a la pregunta sobre qué debemos hacer preliminarmente pasa por asegurar un proceso absolutamente transparente. No puede existir duda alguna de que en este proceso no habrá ningún germen de corrupción, o el llamado abuso, eufemismo que en Chile utilizamos para referirnos a ese fenómeno. No podemos engañarnos, desde hace años que la corrupción azota nuestras instituciones y ha generado una crisis de confianza que, en parte, ha empujado el proceso constituyente. Claro que si nos comparamos otros países de la región podemos inocentemente pensar que estamos muy bien, pero eso sería un error bastante caro. Solo a modo ejemplar, tenemos actualmente una ley de pesca vinculada a un caso que ya cuenta con condenados por cohecho y, por tanto, tenemos antecedentes de que ha existido corrupción en su origen y… no hay derogación, no se habla de alguna especie de nulidad ni se ha acelerado el mecanismo para eliminarla de nuestro ordenamiento jurídico.

La actual Constitución no tiene un mecanismo para esta situación. Este ejemplo constata que el nuevo texto requiere contar con esa posibilidad. No podemos normalizar convivir con leyes que tengan en su sustanciación actos de corrupción.

En este punto, los roles de coordinación son esenciales y para esto debemos mirar a nuestros convencionales y su coherencia. Por nombrar solo algunos ejemplos, no debería asumir la coordinación de las regiones alguien que en algún espacio ha promovido actos de centralización; no debería asumir la coordinación de medidas de transparencia alguien que en algún espacio ha promovido el secretismo o, alguien que cree que es bueno reinstalar la pena de muerte, la coordinación sobre el sistema de garantías que requiere quien es objeto de un proceso penal. ¿Cómo controlamos eso? Conociendo a nuestros constituyentes y la consecuencia y rectitud en su comportamiento anterior.

Ni el origen, ni la paridad, ni la mayor presencia de convencionales constituyentes independientes es garantía de probidad. El reglamento que regirá la forma de trabajo de la Convención debe establecer medidas de transparencia, no solo referidas a las votaciones del cuerpo normativo mismo, sino que a la agenda de los constituyentes y el posible lobby que sufrirán. No hay medida que asegure la probidad absoluta, pero existen algunos mecanismos de control mínimos que deberían ser considerados: declaraciones de intereses, de parentesco, patrimonio, regulación del lobby, etc.  Este tipo de medidas son las que nos permitirán mayor escrutinio desde la sociedad civil. Estamos hablando de personas que deben ser consideradas “expuestas políticamente”, por lo que se haya plenamente justificado aumentar las exigencias.

Si el compromiso anticorrupción no se esgrime como pilar en esta nueva Constitución, me atrevo a apostar que tendremos una Constitución deslegitimada y que no va a solucionar las demandas de equidad. Transparencia Internacional ha advertido durante años los peligros de no comprometerse en con el combate a la corrupción. No por nada una serie de estudios demuestran una correlación entre inequidad y corrupción.

No dejemos que la corrupción se lleve el sueño de ver un país mejor.