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Navegando en aguas cambiantes: Un análisis de los desafíos que plantea la nueva ley de delitos económicos en Chile

Por Carmen Román, Marcela Inzunza y Paula Vial.

La reciente aprobación de la nueva ley de delitos económicos en Chile marca un punto de inflexión en la forma en que las empresas deben enfrentar la responsabilidad penal. Este marco legal no sólo sistematiza los delitos económicos y medioambientales, sino que también amplía significativamente la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Dado el alto grado de cambio y la necesidad de adaptación es crucial que las empresas comprendan, adopten e implementen las disposiciones de la ley en sus operaciones y cultura interna. En este artículo exploramos las áreas clave que las empresas deben priorizar para prepararse eficazmente para estos cambios legislativos.

– Comprender la ley y sus cambios. La primera y más fundamental tarea para las empresas es entender plenamente los alcances de la ley. Esta nueva normativa comprende tanto delitos económicos (como fraude, cohecho y lavado de activos) como atentados contra el medio ambiente, estableciendo reglas autónomas para la determinación de las sanciones, que permitirán la aplicación de un mayor porcentaje de penas de cárcel.

Además, se aumenta exponencialmente el catálogo de delitos por los que deberán responder penalmente las personas jurídicas, estableciendo nuevas sanciones, como la incorporación de la figura del interventor, y aumentando el monto de las multas a aplicar.

– Consulta con expertas y expertos legales. Para garantizar una comprensión completa y precisa, así como para prepararse adecuadamente para enfrentar los desafíos de la nueva regulación, las empresas deberían considerar la contratación de expertas y expertos legales especializados en Derecho Penal Económico, Corporativo y Compliance. Estos profesionales pueden ofrecer un análisis detallado de cómo las disposiciones específicas afectarán las operaciones empresariales, y con qué medidas y herramientas se podrán afrontar los riesgos para prevenirlos y eximirse de responsabilidad penal en el evento de que igualmente se cometa algún delito.

Adopción e implementación

– Cambios en políticas y procedimientos internos. Tras comprender la nueva normativa, el siguiente paso es modificar las políticas y procedimientos internos para garantizar el cumplimiento. Esto podría implicar cambios en los procesos de due diligence, revisiones contractuales y auditorías internas.

– Capacitación del personal, segmentado por capas. La formación y educación de las personas que componen la organización es esencial. Todos y todas, desde el nivel gerencial hasta los roles más básicos, deben estar conscientes de los cambios legales y cómo estos afectan sus respectivas responsabilidades. Además, deben asegurarse de que los prestadores externos también estén en la misma sintonía.

– Encargados de prevención de delitos vs. sujetos responsables: evolución en el enfoque de prevención y detección. El proyecto introduce un cambio fundamental en la dinámica de prevención y detección de conductas delictivas al redefinir a quienes tienen la responsabilidad de implementar los protocolos y procedimientos necesarios. En lugar del modelo previo, en el cual un único encargado de prevención de delitos asumía esta labor, el nuevo enfoque adopta la designación de sujetos responsables.

Sin embargo, es importante destacar que los sujetos responsables deben contar con ciertas características. Estas cualidades abarcan desde la necesaria independencia en sus funciones hasta el acceso a la alta administración u órgano equivalente para informar sobre las medidas implementadas, presentar reportes de su gestión y solicitar acciones con el fin de garantizar el cumplimiento efectivo de sus tareas. Además, los sujetos responsables deben contar con los recursos y medios esenciales, tanto materiales como inmateriales, adecuados para cumplir cabalmente con su responsabilidad, en concordancia con la envergadura y capacidad económica de la entidad.

Aún más, se les otorgan facultades efectivas de dirección y supervisión, una innovación dado que, en el sistema anterior, la supervisión y dirección recaían en la entidad jurídica en su conjunto y no en individuos o grupos específicos. Este cambio representa una evolución significativa en la manera en que se aborda la prevención y detección de delitos, al promover una mayor distribución de responsabilidades y capacidades dentro de las organizaciones, que constituye una oportunidad en la preparación para las empresas.

– Tecnología y monitoreo. Las empresas también deben invertir en tecnologías que les permitan monitorear eficazmente el cumplimiento de las nuevas regulaciones. Herramientas de análisis de datos, por ejemplo, pueden identificar patrones sospechosos que podrían indicar actividad delictiva.

– Desarrollo de una cultura interna de cumplimiento. Incorporar una cultura de cumplimiento legal es igualmente crítico. Esto va más allá de la mera adopción de políticas; implica inculcar valores y actitudes que fomenten un ambiente de integridad y responsabilidad que permita permear la cultura organizacional.

La nueva ley aumenta, sin duda, los riesgos en el manejo de las empresas y representa un desafío mayúsculo para el país. No obstante, estos retos también ofrecen la oportunidad para fortalecer las prácticas de gobernanza y establecer un estándar más alto de conducta ética y responsabilidad social. Las empresas que actúen proactivamente no sólo minimizarán los riesgos legales, sino que también mejorarán su reputación y relaciones con todas las partes interesadas.

Adaptarse a la nueva realidad legal no es una opción sino una necesidad. El camino puede ser complejo, pero las empresas que asuman este desafío con seriedad y compromiso estarán mejor posicionadas para navegar en las aguas cambiantes del entorno regulatorio chileno.