La trazabilidad del oro como desafío legal de la joyería en Chile

Por Ariel Montoya.

Abogado por la Universidad Adolfo Ibáñez, MBA Fashion Business & Law por el Centro de Estudios Garrigues.

¿Qué ocurre en Chile con la industria joyera? Sin dudas, es una variante dentro de la industria de la moda que presenta desafíos legales, en reflejo de lo que ocurre en el Derecho comparado. Pese a ser, hasta ahora, el país extractor y exportador de cobre más grande del mundo, y uno de los productores de oro más relevantes de América Latina, pareciera ser que la industria joyera no recibe la regulación requerida a los tiempos actuales.

En esta oportunidad nos referiremos a la importancia de legislar sobre los orígenes de las materias primas utilizadas en la industria joyera. Se hace necesario que, en un país minero y con desarrollo de joyería, se pueda establecer con claridad la cadena de suministros -desde la extracción, pasando por el trabajo del artesano o joyero, hasta la posterior exhibición de obras en los escaparates para su venta, con la debida certificación-. Si no se legisla al respecto se corre el riesgo de incentivar el trabajo minero irregular y la vulneración de derechos humanos; el uso de las joyas para reducción de capitales de orígenes ilícitos, financiamiento del terrorismo, comercio de armas, narcotráfico y delitos económicos asociados (consideremos el catálogo de delitos de Ley Nº 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas).

A nivel internacional, no hay que olvidar el caso de los diamantes de sangre, la extracción ilícita en el Amazonas y el intento a de organizaciones globales para regular y potenciar la trazabilidad de cada diamante, a fin de prevenir abusos y violaciones a los derechos humanos.

Respecto al oro, en julio de 2019, en Estados Unidos se aprobó la Ley Dodd-Frank para que toda empresa que cotiza en bolsa en EE.UU. deba revelar el uso de “minerales en conflicto”, aquellos que pueden servir para financiar -de alguna manera- a grupos armados. A inicios de esta década, en 2021, en Bolivia se redactó la Guía de Oro Responsable, a fin de regular el comercio interno por parte de Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales, exigiendo a los empresarios, compradores y proveedores el detalle sobre la identidad de un vendedor y la procedencia del mineral, en un documento que tiene calidad de declaración jurada.

Por otro lado, la OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo económicos), promueve el identificar la cadena de suministro, pero “a diferencia de la Ley Dodd-Frank, la Guía de la OCDE no espera que las empresas intermedias rastreen los minerales en un producto dado para un solo país o mina de origen: esto es responsabilidad de las empresas en la cadena de suministro aguas arriba[i]. Se da espacio a la auto regulación.

En Chile, en este momento, ¿es suficiente dejar la trazabilidad del oro para ser auto regulada por cada empresario, joyero o artesano? Debemos considerar algunos aspectos que nos ayudarán en el análisis. Primero punto, la información referida al origen de las materias primas derivadas de la minería está siendo entregada por la Alta joyería alrededor del mundo (Es el caso de Tiffany & Co.), acostumbrando a los clientes a contar con dicho valor. Es probable que en Chile, al formar parte de un mercado internacional, el dar este tipo de información deje de ser un mero argumento de venta o valor agregado, convirtiéndose en parte esencial del objeto de la compraventa, sobre todo considerando los riesgos que pueden existir en la sociedad el dejar la joyería abierta al lavado de activos. Un cliente responsable debería saber de dónde viene el oro de las joyas que adquiere. Un empresario responsable, ¿debería ser capaz de dar esta información?

De esta pregunta deriva el segundo punto: conocer el origen no siempre es tarea fácil para los joyeros. En el año 2019, el presidente de la Asociación Gremial de Joyeros, Relojeros y Afines de Chile, don Carlos Yáñez, comentaba cómo le afecta a la actividad joyera y orfebre que no esté regulada. Esto se produce porque el Estado ya no vende oro a los joyeros, como antes se habría hecho, viéndose tentados a comprar oro a particulares para obtener la materia prima necesaria para trabajar, sin poder asegurar el origen del mismo. Se le podría pedir a los joyeros que no compren oro a terceros, pero esta actividad tampoco es un ilícito en sí, por más o menos antecedentes que existan sobre las fuentes de obtención. Entonces, ocurre lo siguiente: si no está toda la industria organizada -con criterios uniformes- se complica conocer la trazabilidad del oro de origen nacional.

El que exista una regulación legal puede servir como incentivo para el orden y, en consecuencia, un incentivo para profesionalizar la industria, equipararla a los estándares internacionales y procurar el éxito de los negocios de manera segura y sostenible[ii].


[i] Cavada, Juan Pablo: “Trazabilidad del oro originado en áreas de conflicto. Bolivia, Perú, EE.UU, OCDE y Unión Europea”, 2021.

[ii] Silva Olavarría, Andrea: “Estudio: Caracterización de la joyería contemporánea en Chile”, 2018.