
Por Wagner Pereira Rodrigues.
Abogado en Brasil, especialista en Derecho Marítimo, Portuario y Aduanero; posgraduado en Procedimiento Civil; MBA en Comercio Exterior y Negocios Internacionales; miembro de la ABDM (Asociación Brasileña de Derecho Marítimo); y presidente de la Comisión de Derecho Marítimo y Negociaciones Internacionales por la OAB Praia Grande en el trienio 2019/2021. Multilingüe en inglés, mandarín, francés y español.
Este artículo sirve para invitar a los profesionales del derecho, especialmente a los abogados que actúan en Sudamérica, a interesarse por el funcionamiento de la Corte Marítima en Brasil y sus peculiaridades apelativas en consonancia con el Código de Procedimiento Civil, para verificar la importancia de adquirir conocimientos técnicos en procesos judiciales, contribuyendo a una actuación única en interés de los clientes, dentro de la búsqueda del ideal de seguridad jurídica a nivel internacional.
Inicialmente, podemos hacer un análisis de algunos datos importantes para constatar la falta de profesionales calificados para actuar en casos que involucren materias relacionadas con el Derecho Marítimo.
Según datos de la Asociación Brasileña de Abogados (OAB)[1], Brasil es el país con mayor proporción de abogados por habitante en el mundo. En total, alrededor de 1,3 millones de abogados ejercen regularmente su profesión entre 212,7 millones de personas. Proporcionalmente, hay un abogado para 164 brasileños residentes en el país.
Una de las razones del creciente número de abogados en Brasil es la apertura indiscriminada de carreras de derecho. Si el número de personas matriculadas en la OAB es sorprendentemente grande, el de estudiantes de derecho es aún mayor. Actualmente, hay alrededor de 1.800 cursos de derecho en Brasil y más de 700.000 alumnos matriculados.
Por otro lado, la formación de Abogados en Brasil y el currículo de los cursos de Derecho, no contemplan la materia de Derecho Marítimo, con algunas excepciones.
En referencia de la formación profesional, el MEC[2] orienta los cursos que se deben impartir en materia de Derecho Administrativo; Derecho Civil; Ley Comercial; Derecho Constitucional; Derecho Internacional; Derecho Penal; Derecho Procesal; Derecho Laboral y Derecho Tributario, sin ser un listado exhaustivo, con otros que podrán ser incorporados en función de la propuesta pedagógica de la enseñanza.
Así, la gran mayoría sólo se preocupa de impartir a los estudiantes de derecho las materias tradicionales de sus cursos, sin incluir la materia de Derecho Marítimo, lo que en consecuencia acaba desincentivando a los estudiantes a seguir su carrera con la debida especialización en esta rama jurídica.
Yendo más allá, con el objetivo de perfeccionar las decisiones judiciales y buscar el conocimiento en el ámbito del Derecho Marítimo, la “Escuela Paulista da Magistratura” (EPM)[3], con el apoyo de la “Escuela Nacional de Formación y Perfeccionamiento de Magistrados” (Enfam) viene impulsando el “Núcleo de Estudos em Derecho Marítimo” exclusivamente para jueces en servicio activo.
El objetivo es la discusión académica orientada a la reflexión y la producción científica, así como la publicación en revistas nacionales y extranjeras. Además, se pretende elaborar obras colectivas y difundirlas a través de seminarios y debates, lo que en consecuencia incrementará el conocimiento del Derecho Marítimo por parte de los jueces, especialmente para sustentar las decisiones dictadas en los casos de su competencia.
Los temas en general se abordan con las demandas que viene enfrentando el Poder Judicial, entre las que destaco los aspectos controvertidos sobre el cobro de “sobreestadías”, las distinciones entre agentes marítimos y agentes de carga y el procedimiento de competencia de la Corte Marítima, como resultado del poco conocimiento que tienen los jueces sobre las peculiaridades que trae consigo el Derecho Marítimo, con el fin de brindar mayor seguridad jurídica a la sociedad.
Así, en una visión amplia y teniendo en cuenta la extensión territorial brasileña, podemos analizar que el Derecho Marítimo se caracteriza por ser una materia multidisciplinar y mixta, con normas en varias ramas del Derecho, como el derecho público, constitucional, portuario y aduanero, así como las de derecho privado que regulan las relaciones jurídicas que se establecen a partir de la explotación comercial de la navegación y el transporte por modal marítimo.
El escenario brasileño actual carece de profesionales especializados, centrándose en el Derecho Marítimo, lo que exige que los abogados y estudiantes de derecho busquen conocimientos sobre el tema para mejorar y ayudar a sus clientes a organizarse legal y administrativamente, mejorando los recursos disponibles para reducir y evitar costos derivados de juicios, en actividades estratégicas y litigiosas, en situaciones particulares que involucran a actores de Comercio Exterior, importación y exportación, transporte de carga y responsabilidad civil, entre otros.
Son muchos los casos que involucran la actuación de un abogado especialista en Derecho Marítimo en beneficio de los intereses jurídicos de los implicados, dado que los accidentes de navegación son llevados a la Corte Marítima: naufragio, varada, abordaje, aguas abiertas, explosión, incendio, varada, atraque, echando por la borda y daño o defecto que ponga en peligro el buque, las vidas y los bienes a bordo; y los hechos de navegación, tratándose de hechos tales como mala jarcia o inadecuación de la embarcación, deficiencia en la tripulación, alteración de ruta, mala estiba de la carga, que ponga en riesgo la seguridad de la expedición, negativa injustificada a socorrer a un buque en peligro, todos los hechos que perjudiquen o pongan en peligro la seguridad y protección del buque, las vidas y bienes a bordo y el empleo del buque, en todo o en parte, en la práctica de actos ilícitos, previstos por la ley como delito o falta penal, o lesiva para el Tesoro Nacional.
De forma sistémica, el papel del abogado en un proceso que tramita en la Corte Marítima se inicia con el seguimiento del establecimiento de la IAFN (Investigación Administrativa de Accidentes y Hechos de Navegación) bajo la competencia de la Autoridad Portuaria y sus delegados, cuando llegue a su conocimiento el accidente o hecho de la navegación.
Una vez finalizada la Investigación Administrativa, se remite a la Corte Marítima, repartida y tasada, pero que después a la Fiscalía Especial de Marina para ofrecer la posible representación de los imputados, momento en el que se citará a los imputados y se iniciará la vía administrativa con la observancia de los principios de defensa amplia y contradictoria. En este procedimiento es fundamental el seguimiento por un abogado especializado, ya que las decisiones de la Corte Marítima tienen la facultad de designar responsables y aplicar las sanciones previstas en la ley, incluso siendo sometidas al Poder Judicial.
[1] https://www.oab.org.br/noticia/59992/brasil-tem-1-advogado-a-cada-164-habitantes-cfoab-se-preocupa-com-qualidade-dos-cursos-juridicos