El nuevo sistema electoral proporcional y la ley de cuotas que permite el histórico aumento de mujeres en representación parlamentaria

Por Carolina Zamar

Carolina Zamar Rabajille. Abogada por la Universidad Gabriela Mistral. Máster en Derecho de los Negocios Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid. Profesora de Derecho Internacional Privado por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Profesora de Derecho Civil por la Universidad Autónoma de Chile. Miembro del Colegio de Abogados de Chile. Miembro de la Asociación Chilena de Derecho Internacional Privado (ADIPRI). Miembro del Tribunal Supremo, como del Comité de Relaciones Internacionales y Defensa de Evópoli. Autora y coautora de artículos de opinión y de investigación jurídica en el ámbito nacional como internacional.

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El nuevo sistema electoral chileno corresponde a lo que se denomina “Sistema D´Hondt”. Lleva ese nombre en conmemoración a su creador, quien fue el jurista belga y profesor de derecho civil y de derecho fiscal en la Universidad de Gante, Víctor D´Hondt, quien ideó este método en el año 1878.

Su método fue adoptado en muchos países, a modo meramente ejemplar, como Argentina, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Chile, Colombia, Croacia, Ecuador, Eslovenia, España, Finlandia, Guatemala, Irlanda, Israel, Japón, Países Bajos, Paraguay, Polonia, Portugal, República Checa, Suiza, Turquía, etc.

Dicho sistema es un método de promedio mayor para asignar escaños en sistemas de representación proporcional por listas electorales. Los métodos de promedio mayor se caracterizan por dividir a través de distintos divisores los totales de los votos obtenidos por los distintos partidos, produciéndose secuencias de cocientes decrecientes para cada partido y asignándose los escaños a los promedios más altos.

En el caso de Chile, la Ley 20.840, del 5 de mayo de 2015, sustituye el sistema electoral binominal aplicable a las elecciones parlamentarias, por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional, estableciendo el aumento de congresistas, además de mayor participación femenina y la disminución de barreras para la creación de partidos políticos.

Dentro de los aspectos más importantes de esta ley, cabe mencionar que implicó un redistritaje de los territorios a los cuales representaban los congresistas, es decir, de los distritos de diputados y circunscripciones senatoriales. Además, la ley estableció un cambio de número de congresistas, que permanecía inalterado desde el año 1990, sustituyendo al artículo 109 bis de la Ley 18.799, del 26 de mayo de 1989, pieza clave del sistema binominal.

La nueva Ley implicó una reducción del número de distritos electorales de diputados, de 60 a 28 y se eligieron un total de 155 diputados en vez de 120 existentes desde 1990, cada distrito eligió entre 3 y 8 diputados, diferenciándose de los 2 cupos que elegían desde 1990. En cuanto al Senado, la reforma elevó de 38 a 50 miembros, los cuales fueron elegidos en 15 circunscripciones senatoriales, cada una correspondiente a una región, en la cual cada circunscripción eligió entre 2 y 5 senadores. La reforma también incluyo cambios a otros temas, tales como la ley de cuotas, para asegurar que las mujeres sean parte activa de la política. Así las cosas, los partidos políticos debieron llevar a los menos 40% de candidatas.

El Servel (Servicio Electoral de Chile) explica a la ciudadanía mediante la siguiente gráfica el nuevo sistema, donde se eligen tres cargos y concurren tres listas a la elección:

a)      Cuadro 1: 3 listas en competencia en la que la Lista A obtiene 100 votos; la Lista B obtiene 60 votos y la Lista C obtiene 40 votos.

b)     Cuadro 2: El total de votos obtenidos por cada lista se dividirá por la cantidad de cargos a elegir, es decir por 1, por 2, por 3, por 4 y por 5.

c)      Cuadro 3: Los números resultantes de esta división se ordenan en orden decreciente hasta el número de cargos a elegir en cada distrito/circunscripción. En el ejemplo los 5 primeros resultados.

d)     Cuadro 4: El orden final sería:

1er Lugar: 100 votos (Lista A)

2do Lugar: 60 votos (Lista B)

3er Lugar: 50 votos (Lista A)

4to Lugar: 40 votos (Lista C)

5to Lugar: 33 votos (Lista A).

Luego cabe preguntarse: ¿qué es una ley de cuotas?

Es una norma que obliga a los partidos políticos a presentar listas de candidatos equilibradas entre mujeres y hombres. Se trata de una medida de “acción afirmativa”, es decir, la acción de una política pública que busca impulsar la igualdad de derechos con la finalidad de superar el desequilibrio que impide a las mujeres acceder a cargos de elección popular en igualdad de condiciones respecto a los hombres. Es decir, las cuotas actúan como acelerador para aumentar la inclusión de las mujeres a la política y toma de decisiones.

Todas estas reformas se han visto plasmadas en que la cantidad de mujeres postulantes al Congreso se cuadruplicó. Las grandes coaliciones, en las recientes elecciones presentaron 412 mujeres, superando a las 100 que se postularon en el año 2013. Así queda en evidencia que todos los conglomerados dieron cumplimiento con el mínimo exigido, es decir, 40% de candidatas.

Este debut de la exigencia de cuotas, logró un histórico aumento femenino en la representación parlamentaria, las cuales pasaron del 15,8% en cada cámara al 23%, con lo que se puede decir que pasó la prueba.

Esto generará un impacto a futuro, pues no solo la cantidad de mujeres candidatas, sino que también electas irá aumentando gradualmente elección a elección.