El derecho de la moda y el compliance en la actual legislación argentina

Por Pamela Echeverria.

Abogada, especialista en propiedad intelectual y fashion law.

Directora del blog “Derecho de la Moda”, (www.derechodelamoda.com.ar), primer y único blog dedicado a la temática en Argentina.

Fundadora del Fashion Law Institute Argentina.

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Las empresas de moda, como cualquier otra empresa, deben cumplir con leyes en el desarrollo de su actividad y hacer que sus miembros las cumplan.

Con la nueva ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas operante en Argentina, el incumplimiento de las normas puede acarrear responsabilidad penal para las mismas. Es por eso que estas reflexiones pretenden ser una primera aproximación al compliance y el derecho de la moda.

El compliance tuvo su nacimiento en el mundo empresarial anglosajón, más especialmente en el sector financiero, y surgió como necesidad de las empresas de asegurar el cumplimiento de la normativa que lo regulaba. De esta forma, y ante la complejidad que algunas legislaciones presentaban, fue incorporándose al mundo jurídico.

Con el paso del tiempo, el compliance se presentó -además- como una estrategia para motivar a los distintos agentes a que adopten medidas dentro de las organizaciones, que garanticen el respeto por la legalidad y el cumplimiento de las normas.

El compliance consiste en establecer y adoptar políticas y procedimientos dentro de las empresas, que garanticen que las mismas y sus directivos, empleados y agentes que interactúan con ellas cumplan el marco normativo que los rodea.

Y en ello, no se trata solo de cumplir con las leyes en sentido lato, sino también deben cumplirse las políticas internas de las empresas, los compromisos que con terceros éstas hayan asumido (por ejemplo, con proveedores, clientes, etc.) y en especial, todo código o norma de ética que éstas hayan desarrollado y adoptado. Así, ya no basta que la actividad que la empresa desarrolla sea legal, sino que además debe ser ética.

Para lograr esto, numerosos especialistas en derecho penal resaltan que existen cinco conjuntos de acciones mediante las cuales el compliance es llevado a cabo, a saber:

a.       Las tendientes a la identificación de riesgos.

b.       Las tendientes a la prevención de los riesgos, desarrollando e implementando procedimientos de control que protejan a la compañía.

c.       Las de monitorización y detección, ya que una vez identificados los riesgos, estos requieren de un seguimiento.

d.       Las de resolución, cuando a pesar de todo ello, la empresa se encuentre frente a un problema de cumplimiento que exija una solución inmediata.

e.       Las de asesoramiento, tanto a directivos como a empleados, para que toda la organización se encuentre debidamente capacitada y pueda desarrollar su trabajo de acuerdo con la normativa vigente.

De esta manera, el compliance se presenta también como un aliado estratégico a la hora de hacer negocios, permitiendo tener un acabado control sobre lo que sucede en el seno de la empresa.

En Argentina, en marzo de 2018, entró en vigencia la ley Nº 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, que es aplicable a las personas jurídicas privadas, ya sea que las mismas tengan capitales nacionales o extranjeros, y tengan o no participación estatal.

Si bien la responsabilidad penal de las personas jurídicas no es algo novedoso en el sistema argentino, lo cierto es que la legislación se alinea a los estándares internacionales, que persiguen y sancionan a las personas jurídicas que participen en delitos tales como cohecho y tráfico de influencias, concusión, enriquecimiento ilícito y balances e informes falsos.

Lo destacable de esta ley es que las personas jurídicas serán responsables penalmente cuando los delitos cometidos, lo sean de forma directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio.

Si bien la ley referida no establece la exigencia por parte de la empresa de tener o llevar adelante programas de compliance, estos sí constituyen un requisito para que se las exima de penas.

Amén del interés de las compañías de cumplir con la legislación y desarrollar sus negocios en el plano de la legalidad, adoptar políticas en este sentido constituye también un aliado estratégico a la hora de hacer negocios, ya que mejora la gestión de la empresa, por cuanto permite identificar a ciencia cierta cuales son los sectores que necesitan atención, detectando y corrigiendo errores internos.

De igual manera, contribuye a una mejor imagen corporativa, ya que requiere que toda persona que forma parte de la organización adopte un comportamiento ético, mejorando la percepción de clientes, proveedores y la sociedad en su conjunto con respecto a la compañía y mejora la seguridad dentro de la compañía, pudiendo detectar actitudes a corregir en todos los mandos.

Dadas las consecuencias penales de esta norma, la marcada tendencia internacional con relación a la lucha contra la corrupción y las ventajas competitivas que la adopción de acciones de compliance representa, es esencial que las empresas del sector de la moda estén informadas y ajusten así su actuar al cumplimiento de las normas y adoptando programas en este sentido.