Por María Alejandra Mancebo.
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-0208-0134
El Derecho se enfrenta a un contexto cada vez más complejo, donde las interacciones entre normas, actores y realidades sociales conceptúen problemas que no pueden ser abordados desde una única perspectiva. La complejidad se manifiesta en la pluralidad de normas, la coexistencia de diferentes sistemas jurídicos y la variabilidad cultural que caracteriza cada sociedad. En este escenario, la interdisciplinariedad se convierte en una herramienta esencial para comprender la multifacética realidad del Derecho, integrando saberes provenientes de áreas como la sociología, la economía, la psicología y la antropología.
El propósito de este informe es analizar cómo la transdisciplinariedad puede ser una respuesta necesaria ante los desafíos contemporáneos del Derecho, visto el video «Explorando la complejidad», que internalizo desde un enfoque que trasciende las fronteras disciplinarias, pues busca suscitar medios más integrales y efectivas para la resolución de problemas jurídicos complejos.
Lo arriba afirmado guarda relación con Santos (2010), quien señaló:
La injusticia social global está, por lo tanto, íntimamente unida a la injusticia cognitiva global. La batalla por la justicia social global debe, por lo tanto, ser también una batalla por la justicia cognitiva global. Para alcanzar el éxito, esta batalla requiere un nuevo tipo de pensamiento, un pensamiento post-abismal (p.37).
De allí que las organizaciones públicas que afrontan pugilatos a diario las lleva a que su hacer sea la incertidumbre y el caos, aspectos que circundan al hombre en esa organización los tiempos de cambios y adaptación imperativa les exige sobrevivir, la pregunta es por qué ¿no vivir? Buscando respuestas a esa interrogante es supremamente necesario que se revienten diseños más flexibles al cambio y que éste se produzca como consecuencia del aprendizaje de sus colaboradores. Esto trae como derivación la necesidad de generar condiciones en la gerencia pública que se atreva a reinventarse mediante un aprendizaje en equipo que envuelve el valor al accionar y, por tanto, a adaptabilidad al cambio con una amplia visión hacia la innovación. A este punto se considera oportuno hacer referencia a Lanz, (2001) quien expresa que: “Los nuevos enfoques sobre los procesos organizacionales se sitúan expresamente por encima de la lógica epistémica de las disciplinas. Esta óptica trastoca los fundamentos del viejo modo de pensar de la organización” (p. 168).
Acorde a ello, la complejidad en el Derecho se caracteriza por la interrelación de múltiples normas, especialmente en contextos donde cohabitan marcos jurídicos nacionales e internacionales, y donde los conceptos como derechos humanos y justicia social son interpretados de manera diversa. Por ejemplo, la regulación de conflictos ambientales involucra no sólo leyes ambientales, sino también derechos de las comunidades indígenas, la justicia económica y la negociación política.
Otro ejemplo es el impacto de las nuevas tecnologías en el Derecho. Con el avance de la inteligencia artificial surgen cuestiones complejas sobre la responsabilidad legal y la ética, así como el uso y protección de datos personales. La interacción de estos diferentes ámbitos y la necesidad de una regulación adaptada resaltan la urgencia de abordar el Derecho desde una lógica más compleja.
Ahora bien, es un desafío para el abogado hoy lograr que los asuntos se aborden desde un pensamiento complejo; por lo tanto, concibo que el aprendizaje organizacional bajo la perspectiva de la postmodernidad debe ser dinamizado por ese pensamiento complejo y transdisciplinario. Esto se torna complicado, porque pone de manifiesto la dureza, apatía y deshumanización de la administración pública tan latente en nuestro presente histórico, el cual dista radicalmente de sus características, pues representan un estado social de derecho y justicia. Siendo así, ejercer e investigar en el Derecho frente a este panorama se hacen más complejas, no por su tamaño, estructura o poder, sino por su capacidad de creatividad, adaptación, respuestas e innovación frente a lo variado de lo que se le pide, humanidad.
Tal como lo expresa Cortés, citado por Balza (2021) al rotular que existe una:
…deshumanización organizacional en donde se deja de reconocer a la persona como lo que es y a su vez, esa misma persona asume un rol de poder que tarde o temprano lo sobrepasa; sin embargo, lo asume y procura cumplir con lo que ello implica: “ser perfecto”. El gerente olvida su propia esencia y su propia naturaleza; una naturaleza que es dual y que consta tanto de eso que llamamos cualidades, como defectos. Ese gerente, inmerso en la presión que ejerce el mismo entorno, asume una máscara que resulte aceptada por los demás, y obviamente que esté construida a base de cualidades, únicamente. El problema resulta cuando el gerente termina identificándose con su máscara de humano perfecto que no se equivoca, pues en este punto resulta fácil ver los aciertos y los momentos de éxito, mientras que es casi imposible reconocer ese lado no tan positivo o incluso vergonzoso sobre sí mismo… (p.6).
Esa humanización que se relaciona con las arengas de la complejidad, que -a su vez- se segmentan de diferentes disciplinas apreciando la incertidumbre. Por ello la modernidad se expone como modos de pensar y de hacer, que en el marco de la racionalidad absoluta conllevó a que el fenómeno organizacional en general se pensara disciplinariamente: los abogados debemos pensar más allá de lo expresamente planteado, de lo obvio, con la finalidad de adaptarse asertivamente al entorno cambiante e igualmente complejo de la sociedad en todos sus ámbitos, plena de transformaciones y nuevas tecnologías, en el que el comportamiento humano se vuelve parte esencial de ese nuevo comportamiento organizacional en la búsqueda por mejorar todos los modelos productivos para garantizar el éxito. Es la concepción disciplinaria del mundo y de toda la realidad que en él se observa.
En menester destacar que la complejidad habitualmente refiere a dos situaciones bien concretas. Por un lado, al conjunto de características de lo que se encuentra conformado por muchos elementos se lo designa con la palabra complejidad. Por ello el pensamiento complejo se concibe como una perspectiva de apertura que muestra una visión compleja del mundo y no una visión unidimensional que explique la realidad. En tal sentido Morín sostiene:
La complejidad ha vuelto a las ciencias por la misma vía por la que se había ido. El desarrollo mismo de la ciencia física, que se ocupaba de revelar el Orden impecable del mundo, su determinismo absoluto y perfecto, su obediencia a una Ley única y su constitución de una materia simple primigenia (el átomo), se ha abierto finalmente a la complejidad de lo real. Se ha descubierto en el universo físico un principio hemorrágico de degradación y de desorden (segundo principio de la Termodinámica); luego, en el supuesto lugar de la simplicidad física y lógica, se ha descubierto la extrema complejidad microfísica; la partícula no es un ladrillo primario, sino una frontera sobre una complejidad tal vez inconcebible; el cosmos no es una máquina perfectaganización (p.18).
Es decir, la complejidad está plenamente asociada a la palabra problema y quizás la razón de esto la encontremos en que casi siempre cuando un problema nos invade la atención, seguramente, para darle solución nos enfrentemos a la elección de entre varias soluciones variables y heterogéneas, hecho que remite a percibir varios elementos interrelacionados entre sí y que nos sitúa casi en un mismo contexto como el descrito en la primera definición de complejidad. Podemos decir entonces, que dentro de la complejidad el ser humano de hoy día se encuentra y se enfrenta con diferentes elementos, herramientas y servicios que le permiten, en mayor o menor medida, reducir al máximo la complejidad, entendida como dificultad, claro está, que se les pueda presentar en algún aspecto de sus vidas.
Si a ello le sumamos la transdisciplinariedad como un enfoque que busca integrar y trascender las disciplinas tradicionales, creando un marco que permita abordar complejidades reales. A diferencia de la interdisciplinariedad, que combina saberes, y la multidisciplinariedad, que simplemente los agrupa, la transdisciplinariedad promueve un diálogo genuino entre disciplinas, con el objetivo de abordar problemas reales de manera más efectiva. En el campo del Derecho, esto significa que los abogados y juristas debemos acompañar a la academia, científicos sociales, economistas, y otros profesionales para entender mejor los contextos en los que operan las normas.
De allí que el concepto de trasnscomplejidad sugiere una forma de pensar que va más allá de la simple integración de conocimientos, abogando por la creación de un nuevo entendimiento que valore la diversidad y la multiplicidad de enfoques. Esto resulta crucial en el ámbito jurídico, donde las decisiones no sólo afectan a individuos, sino a comunidades enteras, y donde las consecuencias pueden ser profundas y complejas.
La colaboración entre disciplinas puede facilitar la creación de sistemas normativos que respondan mejor a las realidades sociales. Por ejemplo, en la gestión de crisis medioambientales, un enfoque transcomplejo puede incorporar conocimientos de derecho ambiental, economía ecológica y tradiciones comunitarias para desarrollar soluciones que sean tanto legales como culturalmente aceptables.
En fin, la complejidad inherente al Derecho moderno exige un enfoque transdisciplinario que permita la integración de diversas perspectivas y conocimientos. La transdisciplinariedad no sólo ofrece un marco para abordar problemas complejos, sino que también fomenta la innovación en la práctica jurídica, creando un espacio para el diálogo y la colaboración entre diferentes disciplinas.
Apuesto porque seamos capaces como abogados e investigadores de considerar la adopción de este enfoque en la formación, así como en la creación de políticas que respondan a las necesidades emergentes de la sociedad. Para avanzar en esta dirección, se requiere un compromiso buscando siempre la inclusión y el respeto por la diversidad.
Referencias bibliográficas
Balza, A (2021). Gerencia transparadigmática en organizaciones transcomplejas. Apuntes desde la transmodernidad cultural. Fondo Editorial Red de Investigadores de la Transcomplejidad. FEREDIT
Boaventura de Sousa Santos. El futuro de la mente. Morfologías del derecho. 2014.
Jullien, F. (2013). El otro de la razón. Barcelona: Editorial Anagrama.
Lanz, R. (2001). Organizaciones Transcomplejas. Imposmo, Caracas.
Lanz, R. (2001). Diez tesis sobre cultura organizacional transcompleja. En R. Lanz (comp.) Organizaciones Transcomplejas (pp. 161-173). Caracas: IMPOSMO-CONICIT.
Morin. E (1990). Introducción al pensamiento complejo.
Morin, E. (2005). La cabeza bien puesta: repensar la reforma, reformar el pensamiento. Barcelona: Editorial Gedisa.
Santos, B. de S. (2010). Para una nueva concepción del derecho: el pluralismo jurídico. Buenos Aires: Ediciones del Signo.