Por José Ramírez Riofrío.
Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República por la Universidad de las Américas, Quito, Ecuador. Máster en Derecho Internacional de la Empresa por la Universidad de Barcelona, España. Curso de Posgrado de Economía Social y Solidaria en la Universidad Nacional de Tres de Febrero, Buenos Aires, Argentina.
La era digital llegó para quedarse en nuestra sociedad. Cada una de nuestras actividades diarias van teniendo cierto tipo de mejora en tiempo y ejecución gracias a los avances tecnológicos que permiten facilitar nuestras tareas. Es por ello por lo que la tecnología se ha convertido en un gran aliado del ser humano y debemos resaltar que año tras año, nuestras vidas se han visto beneficiadas por los avances tecnológicos que se inmiscuyen en todo ámbito de la sociedad.
En este artículo queremos enfocarnos en uno de los grandes avances en el ámbito financiero, como lo son las criptomonedas que, desde su creación, han venido siendo una alternativa interesante entre los usuarios para realizar pagos e inversiones en todo el mundo.
Para muchas personas a la presente fecha puede resultar aún desconocido el significado del término criptomonedas. Ésta es entendida como un activo digital que emplea un cifrado criptográfico para garantizar su titularidad y asegurar la integridad de las transacciones que se realizan por medio de ellas, así como controlar la creación de unidades adicionales de criptomonedas, para evitar que alguien más pueda realizar copias como por ejemplo se lo haría sobre una foto u otro tipo de archivo digital.
En el mundo existen una infinidad de tipos de criptomonedas, siendo una de las más conocidas desde hace algunos años la Bitcoin (creada por Satoshi Nakamoto en 2008) y Ether. Las personas podrían utilizar este dinero digital para realizar pagos rápidos y así evitar los cargos de transacción que suelen cobrar las entidades financieras. Inclusive algunas personas pueden adquirir las criptomonedas como una inversión, esperando que en el futuro se aprecien por un valor superior al invertido. Claro está, como en toda actividad de inversión existen sus riesgos adquiridos, y como tal se debe tener instinto y fortuna para ganar.
Si bien, el desarrollo tecnológico inmerso en el mundo de las criptomonedas es por mucho interesante y vanguardista, se debe tener muy en cuenta que en el medio de las transacciones intervienen seres humanos que por un lado emiten las criptomonedas y por otro quien las adquiere pagando un valor económico de por medio. En tal sentido, al momento que intervienen las relaciones humanas en este ejercicio, será necesario regular las condiciones y términos para asegurar y proteger las transacciones que se realizan.
A la presente fecha no existe ni en la Unión Europea, así como en el Ecuador un marco normativo que regule las criptomonedas, por lo que no existen garantías y protecciones a las aplicables en los productos financieros. Sin embargo de ello, en Europa se está negociando un Reglamento (más conocido como MiCA), cuyo objetivo será establecer un marco normativo para la emisión de criptoactivos y los proveedores de servicios sobre estos.
En el ámbito ecuatoriano, el uso de las criptomonedas está prohibido como medio de pago, más no como una inversión. No obstante de ello, no existe norma que las regula, por lo que su utilización supone un alto riesgo a costa del inversionista.
Es importante denotar que a día de hoy existen más de 7.000 criptomonedas con similares características a las del Bitcoin. Supone una cantidad un tanto exagerada de oferta para este tipo de inversiones, pero no hay que olvidar que de cara al futuro el dinero en efectivo tal como lo conocemos algún día dejará de ser útil, por lo que la tecnología ocupará un espacio importante en cada ámbito de nuestras vidas.
Regresando al ámbito ecuatoriano, recogiendo un comentario realizado por la Superintendente de Bancos encargada Rosa Matilde Guerrero, dijo que “En el ordenamiento jurídico ecuatoriano no existen sanciones establecidas por el simple uso de criptomonedas”. Dichas palabras cobran mucha importancia en el sentido de que no se tiene el respaldo de las autoridades ni de los legisladores para proteger a los consumidores ante eventuales delitos de estafa que a diario acontecen en nuestro país.
Mientras tanto que, conforme lo prescribe el mismo Código Orgánico Monetario y Financiero, las entidades financieras no están autorizadas a realizar inversiones en criptomonedas en Ecuador, debido al alto riesgo atrás de cada una de estas operaciones.
Se trata de instrumentos complejos, que no son adecuados para pequeños ahorradores, en virtud del alto componente especulativo que puede suponer la pérdida total de sus inversiones. En tal sentido que, sin conocimiento y experiencia en este mundo existe una alta posibilidad de sufrir pérdidas superiores a la inversión inicial.
La tecnología dentro del mundo de los negocios e inversiones avanza a pasos agigantados, por lo que si no nos apresuramos y conocemos a profundidad su relación y aplicación, nos quedaremos atrás. Es así de simple.
Con este artículo lo que se busca no es desprestigiar o atacar injustificadamente a las criptomonedas, porque como bien lo dijimos, el mundo cambia día tras día, y es una realidad que hoy en día existen dineros digitales a disposición de las personas, pero así como la forma de hacer negocios e inversiones cambian, las regulaciones deben avanzar al mismo ritmo, lo cual no sucede.
En este sentido, la presión para regular este tipo de inversiones debe ir hacia el poder legislativo de cada nación, de la mano de los organismos de control y carteras de Estado, que deban ajustar sus regulaciones a velocidades inalcanzables para seguir el ritmo de los avances tecnológicos. Es nuestro deber como comunidad civil reflexionar y debatir sobre los riesgos legales que suponen las inversiones en criptomonedas, más no desprestigiar su improvisación e innovación que ha venido aquí a nuestro mundo para solucionar problemas que actualmente persisten en el sistema financiero tradicional y más bien podrían convertirse en un aliado estratégico de la banca tradicional.
Las criptomonedas no podrán ser opacadas por mucho tiempo más por el desinterés y competencia directa de los bancos privados y bancos centrales de cada país. Sería más conveniente regular a tiempo este tipo de servicios financieros porque mucha gente confía y se beneficia más en ellos que con otras modalidades de banca tradicionales, pues dentro de un mercado se debe actuar y regular con base a la oferta y demanda de los consumidores para beneficiarse de los mejores servicios a disposición.