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Argentina, un país abatido por la corrupción de sus gobernantes

Carolina_Zamar_1Por Carolina Zamar.

Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogada de la Universidad Gabriela Mistral. En la actualidad es Profesora Guía de Derecho Civil y Procesal, así como socia fundadora de la firma Asesoría Jurídica Internacional Zamar & Asociados en la provincia de Jujuy, Argentina.
Con anterioridad se desempeñó como abogada corporativa en el estudio Albagli – Zaliasnik & Cía. Abogados, Profesora Auxiliar de Derecho Civil en la Universidad Gabriela Mistral y Profesora Auxiliar de Derecho Civil en la Universidad Central de Chile, entre otras actividades legales.

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Se podría decir que hoy en día para los argentinos ya no es ninguna novedad que su clase gobernante adopte medidas arbitrarias y barbáricas. Lo incomprensible de aquello radica en cómo se suelen disfrazar dichas medidas para hacerle creer al pueblo que con ellas lograrán lo que por tantos años han estado esperando: el resurgimiento de un país, que por cierto, cuenta con todos los recursos necesarios para ser económicamente estable y competitivo en el mercado mundial, pero que lastimosamente se encuentra muy distante de aquello.

Es del caso analizar lo que hace un buen tiempo está haciendo eco, o mejor dicho “redoble de tambores”… que es lo que se conoce como Fondos Buitres.

Un fondo buitre es un fondo de capital de riesgo o fondo de inversión libre, que invierte en una deuda pública de una entidad que se considera cercana a la quiebra. Esto que nos parece tan novedoso y fascinante no es algo reciente, pues su origen se remonta al año 1950, tendencia que fue desarrollada debido a la larga historia de impagos a los acreedores comerciales por parte de los gobiernos emisores con muchísima impunidad.

Así, por ejemplo, la deuda soberana con acreedores comerciales a finales de 1980 se llevó a cabo por los complejos bancarios. Este fue el resultado de la crisis de los petrodólares de la década de 1970, cuando los ingresos petroleros se reciclaron en los préstamos bancarios. La sindicación de deuda entre los bancos hizo una recuperación poco práctica, como un fondo con la intención de litigar.

En los ochenta, los esfuerzos de reprogramación de la deuda en América Latina crearon muchos instrumentos nuevos y fácilmente comercializados. Es así como nos encontramos con los conocidos “bonos Brady”, que trajeron nuevos jugadores al mercado, incluidos los bancos y fondos de cobertura. Los acreedores originales luego escribieron sus posiciones y vendieron la deuda en el mercado secundario (es un mercado compuesto por bancos y fondos de inversión centrados en la compra con descuentos para lograr una rentabilidad por encima del mercado en sus inversiones).

En este proceso, la cantidad de deuda se recompró y fue convertida en moneda local por los emisores soberanos de países en los programas de conversión de deuda oficiales diseñados para atraer la inversión, y en los países gravemente endeudados a través del Banco Mundial se recompran financiados. El resultado fue que las viejas estructuras se rompieron y muchas deudas recalcitrantes estaban disponibles para su compra, con descuentos que superaron el 80% del valor de capital nominal.

Teniendo en claro el origen y cómo operan los fondos buitres, cabe preguntarse: ¿Qué es la cláusula RUFO? (Rights Upon Future Offers). Esta cláusula, que está en boca de buena parte de la población argentina, se incluyó en los canjes de deuda de 2005 y 2010, por la cual se prohíbe pagarles más a los holdouts (en finanzas, se llama también a los fondos buitres como holdouts, viene del inglés hold out –quedarse fuera–, en relación a la acción que realiza el tenedor de bonos de deuda pública que se mantiene por fuera de una negociación de amortización, en el marco de una restructuración de dicha deuda provocada por una situación de cesación de pagos o default), por lo que se crea una igualdad de condiciones para aquellos que entraron o no a los canjes.

El gran problema se presentó en diciembre del año pasado, puesto que si se negociaba con los fondos buites antes del 31 de diciembre de 2014, fecha en que vencía dicha cláusula, y se les ofrecía un monto mayor que a los bonistas reestructurados, estos últimos podrían demandar y exigir un pago igualitario.

Ahora, esta cláusula se haría efectiva si la Argentina decidía por su sola voluntad pagar más a los holdouts.

Todo este problema se generó a raíz del fallo del juez del distrito de Nueva York, Thomas Griesa, que obligaba a la Argentina a pagarle a los holdouts, puesto que dicho fallo entraba en colisión con la intención de Argentina de no hacer diferencia con los bonistas, ya que los bonos del canje estaban supeditados a la legislación de Estados Unidos, porque así lo aceptó el gobierno argentino.

La famosa cláusula RUFO no fue más que una nueva astucia de los abogados argentinos, puesto que, sin ella, el país tendría que haberse declarado en default.

La salida que tenía Argentina para esta colisión era sostener que como este pago a los holdouts “no era voluntario”, sino que la consecuencia de una resolución judicial, la cláusula no debería producir sus efectos, es decir, no dar lugar al sinnúmero de reclamos que desde luego se activarían.

Se jugaron al todo por el todo los argentinos apostando que esta cláusula sería la que salve al país de un escenario de default. Esto es así porque, una vez vencida, no hay reclamo que valga. Entonces, el país conseguiría tiempo hasta que ésta caduque y recién ahí efectuaría el pago a los holdouts.

Argentina lo consiguió y, por el momento, respira, pues quedó liberada de tener que cumplir con la cláusula RUFO. Por su parte, el Gobierno hoy se encuentra en mejores condiciones para poder negociar con los holdouts.

Los analistas coinciden en que existe voluntad de diálogo para culminar de una vez por todas con el default.

Para ir culminando la herida del default, el gobierno argentino ahora va a encarar una estrategia caso por caso.