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Sociedades Anónimas Deportivas: “Necesidad de Jurídica de Implementar nuevos alcances Regulatorios”

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Cristóbal Sánchez Díaz

Bachiller en Humanidades Universidad Andrés Bello. Estudiante de quinto año de Derecho en la misma Universidad. Ayudante de cátedra Derecho Societario Comparado, impartida por la profesora Sara Moreno Fernández.

La promulgación de la ley 20.019 trajo consigo una revolución explícita en materias jurídicas y económicas; los Clubes de Fútbol Chileno, por primera vez,  tenían la posibilidad de conformarse como una empresa, buscando cumplir con el aforismo mercantil de “disminuir pérdidas y maximizar utilidades”, ayudados por los agentes que venían desde el mundo bursátil. Ahora ¿Un Club de Fútbol puede ser perfectamente organizado bajo una empresa o su concepto  supera la barrera legislativa impusieron sus redactores?

Cuando recién se abrieron a la Bolsa de Comercio Blanco y Negro (Colo Colo) y Azul Azul (Universidad de Chile) un semblante de esperanza se apoderó del Fútbol Chileno; por fin se dejarían atrás los nefastos manejos administrativos y económicos que imperaban en cada club desde comienzos de los 80’ hasta finales de los 90’, dando paso a un orden  y regulación interna que a priori prometía ser, un Golpe a la Cátedra en el Mundo Societario.

Los primeros pasos de las Sociedades Anónimas Deportivas, sin duda, fueron firmes; a modo ilustrativo podemos mencionar el éxito deportivo que tuvieron Colo Colo el año 2006, y la Universidad de Chile el año 2011, éste éxito deportivo se tradujo evidentemente en un aumento considerable de sus utilidades en virtud de la exportación de jugadores importantes al mercado europeo; ejemplos tenemos varios, pero sin duda, los casos más relevantes fueron las transferencias de Matías Fernández al Villarreal por 9 millones de euros; y de Eduardo Vargas al Napoli por 14 millones de euros.

Actualmente esto no es así, ya que la administración de estos clubes ha privilegiado  una arista económica por sobre el éxito deportivo; éste subterfugio se encuentra amparado por el objeto social establecido en sus estatutos; sumado además en la poca o mejor dicho NULA fiscalización por parte de la SVS. José Yurazseck (dueño de Azul Azul) y Leónidas Vial junto a Aníbal Mosa (Blanco y Negro) han desvirtuado y mancillado las glorias deportivas de antaño que consiguieron éstos clubes.  La idea de convertir los clubes de fútbol, no es mala idea pero adolece de muchas fallas, y es una obligación “ético-jurídica” el tener que subsanarlas.

El primer vacío legal  que se presenta está radicado en el control societario y  la descomunal “teoría de la agencia” que se desata en éstas sociedades anónimas deportivas; los máximos accionistas de éstas sociedades, están inmiscuidos dentro del directorio; quienes, se encargarán de administrar la sociedad junto con el gerente general; entonces ¿Dónde está la imparcialidad y neutralidad que debe estar presente en todo órgano administrativo?

No sólo eso, además los socios de los clubes, no tienen representación dentro de las juntas de accionistas; por lo tanto, todas las decisiones que se tomen; no consideran su parecer ni opinión, más que una sociedad parece un contrato de adhesión que se traduce también en la imposibilidad de fiscalizar las políticas monetarias que se empleen,  generando un perjuicio y lesión al paradigma de “un socio un voto”; junto con atentar contra el principio general que sustenta su articulación;  “la participación en conjunto para conseguir un determinado fin”, Esto podríamos solucionarlo a través de la implementación de un estándar mayor de Gobiernos Corporativos para aquellas personas que integren estos directorios, establecer mediante disposición legal, que éste tipo societario debe por obligación, privilegiar el éxito deportivo, por sobre el económico; o simplemente, entregarle un mayor porcentaje de participación a los minoritarios, que les permita corregir y fiscalizar las decisiones que decida tomar el directorio (escoger un director, participar en las juntas de accionistas)

El segundo problema, se concentra en la pérdida del horizonte de estos clubes deportivos;  legalmente hablando las sociedades que se forman bajo la estructura de corporación, persiguen maximizar utilidades disminuyendo sus pérdidas, ahora; esto es sólo una parte del rol social, si lo vemos desde una perspectiva constitucional; los clubes deportivos son cuerpos intermedios que ayudan al hombre a alcanzar un desarrollo corpóreo-espiritual en la medida de lo posible, pero eso cómo se logra, si actualmente más que unir, están segregando a los socios y a las personas que acuden a los estadios con la sola intención de apoyar a sus equipos, es decir, deben fomentar la integración social

El tercer vicio no regulado estriba en la alocación de las utilidades que hacen actualmente los dueños de las sociedades. Por ley y estatuto, se les debería exigir invertir como mínimo el 45% de sus utilidades en fútbol normativo, para potenciar las divisiones inferiores y nutrir a los clubes deportivos con jugadores nacionales, evitando así, invertir grandes sumas de dinero en jugadores extranjeros que sólo traen malos dividendos.

Si estas mejoras se implementan a través de los gobiernos corporativos, o en leyes; los señores Yurazseck, Mosa, Vial y Estévez estarán un poco más controlados y no se reirán tanto de la ilusión de muchas personas, los denominaos hinchas; quienes, le dan vida al fútbol una actividad encargada de unir a las personas, y cuya finalidad, no puede ser encasillada bajo los parámetros tradicionales de empresa por todo el impacto social que genera.