Transporte, sustentabilidad y constitución

Por Álvaro Uribe Badilla.

Abogado por la Universidad Santo Tomás. Magíster en Derecho de Minería y Aguas por la Universidad Finis Terrae, y Diplomado en Medioambiente por la Universidad del Desarrollo. Actualmente se desempeña en Grupo EFE.

A propósito del debate constituyente que vive nuestro país actualmente, y el periodo histórico en el que nos encontramos, grandes han sido los debates para poder establecer qué es lo que debiera regular nuestra nueva constitución y cómo implementarlo a lo largo del tiempo.

Acceso libre a una educación de calidad, lo mismo en relación a la salud, junto a otros temas de importancia social, han sido los principales focos luego del estallido social que vivimos en octubre del año 2019, y que con la llegada de la pandemia nuevas diferencias y problemas de fondo se hicieron visibles.

Nuevos y mejores procesos a nivel institucional han sido la clave para establecer acuerdos en materias de derechos sociales, teniendo en cuenta la sustentabilidad como un foco prioritario donde las personas sean el centro de la actividad estatal. Sin embargo, a pesar de los anuncios que el Gobierno hizo en esta materia en septiembre del 2019, poco se ha hablado respecto del derecho de cada ciudadano de contar con un transporte que le permita vivir y realizarse no solo en el ámbito profesional sino que también personal, visto no solo como una herramienta de traslado.

La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo en sus primeros capítulos, el Programa 21 de la ONU y el Protocolo de Kyoto, entre otros, han señalado que existe una necesidad de los países de implementar un transporte de carácter sostenible siendo un derecho de los ciudadanos a tener un transporte público de calidad y que permita su desarrollo. Esto, toma fuerza al señalar nuestra actual constitución que “el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe promover las condiciones sociales que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad social la mayor realización espiritual y material posible, con respeto a las garantías constitucionales”. Por su parte, en el capítulo de garantías y derechos, la constitución asegura a todas las personas el “derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros”

En dicha línea, el transporte público debe entenderse como un derecho social que promueva el desarrollo de las personas en un ambiente de seguridad y sustentabilidad, amigable con el medioambiente, y que permita el correcto uso de generaciones presentes y futuras.

Hoy, existen proyectos de obras en vías de ejecución como el Proyecto Tren Alameda Melipilla, que apunta a un transporte público sustentable y amigable con el medioambiente, el que reducirá de manera considerable los tiempos de desplazamiento desde zonas más alejadas de los focos urbanos, permitiendo a las personas una realización espiritual, tal como se concibe en la actual constitución.

En el año 2018, el informe de Política Urbana de la OCDE señalaba que en Chile la dependencia al transporte público generaba que las personas en Santiago invirtieran 1,4 horas diarias aproximadamente en transporte público solo para ir a trabajar, lo que en un año arroja un total promedio de más de 21 días.

No obstante, el foco no solo debe estar puesto en el transporte de personas, sino que también aquello relacionado al transporte de carga, que permita utilizar medios amigables con el medioambiente disminuyendo el nivel de emisiones y haciendo más eficiente el ámbito logístico los procesos de transporte. En efecto, un tren de aproximadamente 1.200 metros es capaz de sustituir hasta 174 camiones de circulación de las carreteras, lo que efectivamente reduce las emisiones de CO2 y, además, pone a disposición de las personas carreteras más seguras y confiables.

Se trata entonces de conceptos como disponibilidad, accesibilidad, calidad, seguridad, y sostenibilidad, entre otros, que permitan ser una alternativa cierta a un modelo de transporte de baja emisión de carbono que priorice la calidad de vida de las personas y el bien común, para la creación de espacios públicos de calidad que favorezcan la convivencia entre las personas.