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¡Ojo con el Contrato!.. Pero Firme

german.sims-58Por Germán Sims Seve

Abogado de la Pontificia Universidad Católica. Actualmente se desempeña en Fiscalía de Utilitas, empresa dedicada a las exportaciones de la Agroindustria.

En una industria que, por lo general, descansa en una forma y tradición basada en la confianza y el “apretón de manos”, muchas veces surgen problemas debido a que algunos no cumplen su palabra. En ese contexto, las relaciones comerciales, en especial cuando son internacionales, empujan a tomar decisiones rápidas cuya responsabilidad y efectos colaterales pueden afectar incluso la continuidad de la empresa. Es en ese proceso en que salen a la vista problemas recurrentes que nuestros queridos productores padecen día a día. ¿Las consecuencias? ¡A granel!

Desde mi abuelo, pasando por mi padre, hasta hoy, siempre ha ocurrido lo mismo: ¿Por qué los productores temen “firmar un contrato”? ¿Es tan terrible estampar una firma en un papel? En mi opinión no lo es, sino todo lo contrario.

En su esencia, el contrato es una fuente de obligaciones que nace del mutuo acuerdo de las partes y que es una ley para los contratantes. En otras palabras, es un seguro que permite definir las relaciones contractuales entre las partes en un momento determinado, dejando sus efectos estables hacia el futuro. Por tanto, siguiendo lo anterior, el contrato debería ser el arma preferida de todos los productores a la hora de regular sus situaciones comerciales. ¿Qué es lo que hace entonces a los productores sufrir esa especie de alergia que hace mirar de reojo a los contratos?

La respuesta es conocida por todos: quienes redactan generalmente los contratos se sienten con el derecho de introducir cláusulas contradictorias, parciales e, incluso, muchas veces abusivas. Los ejemplos son claros y abundan en la práctica nacional. Casos como introducir mecanismos de venta en firme de la fruta a precios insignificantes, introduciendo un procedimiento de cálculo de liquidaciones que dan pie para que el productor mantenga una deuda de arrastre, llevando al mismo a verse en la necesidad de solicitar adelantos para financiar la próxima temporada, dejando como garantía todo aquello a lo cual respeta, cayendo en un círculo vicioso de deuda y cautiverio. ¿Qué hacer?

En primer lugar, cambiar el switch: las relaciones de “confianza” no tienen por qué verse afectadas por la seguridad de un contrato. Cuando una persona ofrece regular sus situaciones en forma contractual, está ofreciendo un seguro que funciona como una doble vía.

En segundo lugar, participar de la negociación del contrato. Sin pasar por alto el hecho de leer todos y cada uno de los apartados del contrato, es necesario comprender y negociar estratégicamente aquello que no nos conviene. Para eso es preciso buscar asesoría de calidad, que inspire seguridad y que entienda la terminología y modus operandi del negocio.

En tercer lugar, respetar los acuerdos, teniendo en cuenta que nuestra legislación exige en el artículo 1546 del Código Civil el llamado “Principio de Buena Fe”, el cual reza que “los contratos deben ejecutarse de buena fe y, por consiguiente, obligan no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por ley o la costumbre pertenecen a ella”. En otras palabras, todos aquellos que piensan que una vez estampada la firma del productor, y no habiendo advertido una situación desfavorable y oculta para el mismo, puede hacer lo que quiera y explotar dicho contrato a su antojo, está incumpliendo este principio.

Los acuerdos de palabra son cómodos, pero no es posible dejar al descubierto cuestiones como el pago, su forma y condiciones. Cuestiones como las tasas de interés, las cláusulas de resolución de conflictos o los procedimientos de cálculo de liquidaciones. Asimismo, cuando hablamos de la calidad de la fruta: ¿Estamos hablando de estándares objetivos de recepción de fruta como el US Standard #1 o su recibidor interpone un estándar “a su medida”? ¿Con qué plazo puede mi recibidor interponer un reclamo de calidad? ¿Siempre? Si su negocio es la fruta congelada, ¿qué pasa con todo aquello que no es IQF A? ¿Este señor me compra “el animal entero” o no?

Por eso señor productor, le recomiendo: Ojo con el contrato que firma… pero firme.