Chile: primera mirada a la industria de la moda

Por Ariel Montoya.

Abogado por la Universidad Adolfo Ibáñez, MBA Fashion business & Law por el Centro de Estudios Garrigues.

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Es bien sabido que el actual escenario de la industria de la moda mundial se caracteriza por ser dinámico, marcado por el desarrollo de la omnicanalidad, el branding y la pérdida de valor de los productos originales, encontrándonos con marcas que se copian unas a otras. En este contexto, Chile aparece con una población más bien pequeña y sin una industria de la moda históricamente importante, pero con una cultura cada vez más ligada al emprendimiento, muy distinto a lo que ocurre en Europa, donde todavía se mira con recelo y existen grandes trabas para el que quiere emprender.

Si bien esto suena muy positivo para nuestro país, en la actualidad casi el 93% de lo que hoy se vende es fabricado en países asiáticos, europeos o en países vecinos latinoamericanos. ¿Cómo se explica dicho porcentaje si tenemos tanto desarrollo de PYMES? De seguro la respuesta ya está en nuestras mentes. Ese porcentaje es producto importado para/por empresas de retail extranjeras que han apostado por nuestro país para desarrollar el sueño de sus marcas (o sea, para vender).

Esto nos deja la inquietud de saber qué ocurre con las marcas, más que todo, de diseño de autor: made in Chile. El saber cómo podemos hacerlas relevantes para el mercado en términos de cifras, incluso, siguiendo el ejemplo de España o Estados Unidos, optando por la exportación no sólo de productos, sino también de marcas. Y frente a esto, ¿qué puede decir la ley chilena en cuanto a la protección de dichos diseños para que puedan competir con los grandes titanes del retail internacional? ¿Es suficiente la protección legal de los diseños para competir en nuestro país?

Frente a estas interrogantes, si bien debemos analizar el tema desde varios puntos de vista, desde el legal podemos decir que en Chile no es posible proteger los diseños de vestuario por derecho marcario, tampoco por modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, pues se prohíbe el registro de indumentaria. Quedando la opción de proteger los diseños por medio de patentes de invención, siempre y cuando la prenda signifique la creación de un producto o procedimiento que sea nuevo y no provenga del estado de una técnica previa; que tenga un grado de invención tal que una persona con conocimientos de las técnicas específicas no lo considere obvio, y por último, que pueda ser aplicado en la práctica (según Ley 19.039).

De todas formas, nos queda la opción de proteger las obras por Derecho de autor, según la Ley 17.336, artículo 3° numeral 18, según el cual se puede proteger “los dibujos o modelos textiles”, en otras palabras, como señala María José Martabit, se pueden proteger los vestidos y estampados. En definitiva, sí existe protección legal a los diseños de moda creados en Chile. Buena noticia.

Es aquí donde queremos comparar la situación de protección legal chilena con la de España y EEUU. En el caso de España, los diseños se protegerán por  derechos de autor sólo si pueden ser considerados verdaderas piezas de arte, pudiendo optar también (no de forma excluyente) por las Patentes, o por los Diseños industriales, regulados por la Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial, y por el Reglamento (CE) 6/2002, sobre los dibujos y modelos comunitarios, que presentan un sistema muy adecuado y conveniente para proteger los diseños de moda y que, de existir en Chile, podría ser una buena alternativa para otorgarle valor agregado a las creaciones textiles de autor.

El sistema de protección de diseños español permite proteger aquellas prendas que pueden ser importantes para una marca, dejando siempre a criterio de los autores la decisión de proteger legalmente o no una creación, teniendo en consideración los efectos económicos que puede tener para una organización titular de una marca el querer resguardar el uso y goce de una prenda, otorgando protección, por determinados plazos, a aquellas prendas no patentadas.

En la vereda del frente, encontramos el modelo norteamericano que, de forma deliberada, prioriza el libre mercado y, en pos de la utilidad de las prendas de moda, no cree necesario protegerlas. A este respecto, es posible que Chile se incline más por la posición estadounidense de darle prioridad al libre mercado sin creer relevante proteger los diseños de autor. Pero aquella decisión política y económica no es atingente con el hecho de darle protección expresa a los diseños y modelos textiles, lo que en nada beneficia económicamente a los titulares de derechos sobre una obra frente a la competencia internacional que existe dentro del mismo país.

En palabras sencillas, Chile es un país donde el diseñador autor nacional es tratado igual que un extranjero, y donde predomina el mercado de la importación, de forma consecuente, evitando el desarrollo de marcas para su exportación. Distinto a lo que ocurre en España, donde el legislador sí ha pensado en los efectos económicos que puede traer a las marcas nacionales la protección de un diseño, en un mercado donde lo nacional es altamente relevante y puede marcar la diferencia por sobre lo importado.

Por último, respecto a este punto, si el legislador hoy en día mantuviera el espíritu de la ley que prevaleció al momento de su promulgación, realmente intentando proteger los dibujos y modelos textiles, creyendo necesario proteger las obras originales, hubiese actuado distinto: primero, dándole preponderancia a la industria chilena y a sus diseñadores, potenciando el desarrollo de moda nacional; segundo, controlando el ingreso al país de artículos de moda que no sean originales y que abundan en muchos mercados dentro del país.

Puede parecer una exageración si lo miramos desde la perspectiva de libre comercio, pero por medio de Tratados Internacionales se podría avanzar en dicha dirección. Si no se hace es porque no existe real voluntad, o quizás, desconocimiento y falta de análisis sobre los beneficios que puede traer fortalecer la industria de la moda, en un país donde sí existe interés por emprender y generar crecimiento económico.

Y ya que tenemos ese interés, sería bueno no sólo esperar a que más gente siga emprendiendo, sino también, potenciar el crecimiento sostenido de dichos emprendimientos, para lo cual se hace del todo necesario mirar más allá de la cordillera, porque lo queramos o no, en Chile estamos limitados a casi dieciocho millones de consumidores y no hay más. Ya es hora de ponernos la armadura, de hacer crecer nuestra industria de forma protegida y, así, salir a conquistar otros mercados.